Ante la arremetida de los gremios docentes que continúan de
paro y sin dar clases, desde el Ministerio de Educación se ordenó que los
suplentes cubran las horas de paro de los titulares.
La orden ya recorre las escuelas y los directivos se ven en
una encrucijada, debido a que ya no podrán cubrir a aquellos docentes que
adhieran al paro.
Aquella resolución emitida por el ex ministro Perna,
establece con "carácter excepcional” el sistema de cobertura de cargos y
horas cátedra en caso de ausencia del docente, cualquiera sea su situación de
revista, por adhesión a medidas de fuerza.
También dispone por única vez el llamado a registro
extraordinario en establecimiento de su preferencia, de todo personal docente
inscripto en las respectivas Juntas de Clasificación y autoriza a los
directores a realizar la inscripción.
Otro de los puntos a tener en cuenta de esta resolución es
que "la cobertura correspondiente no genera en el docente que cubre el cargo u
horas, derecho a remuneración alguna, siendo compensada la prestación con
reconocimiento de un puntaje equivalente a 0,05 puntos por día”.