Quieren que el combustible tenga el mismo precio en todo el país

La iniciativa, presentada por el diputado nacional Hugo Maldonado y que beneficiaría al (NEA-NOA), propone declarar de interés público y establecer un precio único. Los mayores costos de distribución se solventarían diferenciando la carga impositiva por regiones.
miércoles, 17 de septiembre de 2014 11:50
miércoles, 17 de septiembre de 2014 11:50

El proyecto tiene como premisa establecer un precio único de las naftas y el gasoil en todo el territorio nacional.

Para zanjar las asimetrías provocadas por los mayores costos de distribución, propone prorratearlos entre los consumidores además de sancionar modificaciones en las alícuotas aplicadas por la Ley 23966 sobre Impuesto a los Combustibles, de manera diferenciada en seis regiones del país, teniendo en cuenta las distancias desde las refinerías y centros de almacenamiento y despacho:

Provincia de Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Patagónica: Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego;

Pampeana: Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos y La Pampa;

Cuyo: San Juan, San Luis y Mendoza;

Noroeste: Jujuy, Salta, La Rioja, Tucumán, Catamarca, y Santiago del Estero; y

Noreste: Formosa, Chaco, Misiones, Corrientes y norte de Santa Fe.

Maldonado asigna al Poder Ejecutivo la facultad de establecer los sistemas de control necesarios de modo de garantizar el suministro sin distorsiones. Para lograrlo, "podrá intervenir en el proceso de formación del precio de los hidrocarburos líquidos y deberá implementar los sistemas de control necesarios para asegurar el abastecimiento de combustibles a los precios establecidos”.

La propuesta se enfoca también en las relaciones comerciales que vinculan a las estaciones de servicio y las petroleras. En ese sentido, el legislador exige un registro de los contratos suscriptos entre operadores al por mayor y al por menor "a efectos de verificar si los mismos contienen cláusulas que de algún modo perjudiquen la libre concurrencia de las partes, o impidan, limiten o restrinjan la libre competencia”.

Asimismo, el Proyecto prohíbe los actos o conductas empresarias que tengan relación con la explotación, industrialización, transporte y comercialización de hidrocarburos, tendientes a limitar, restringir, falsear o distorsionar la competencia o el acceso al mercado o que constituyan abuso de una posición dominante en el mercado.

Maldonado califica estas prácticas a los convenios que traigan aparejado los siguientes efectos:

Impedir o dificultar el acceso a los mercados de uno o más competidores

La interposición de barreras a la entrada al mercado nacional, regional o zonal de otra u otras empresas potencialmente competidoras.

La fijación, determinación o variación en forma directa de precios con el objeto de aprovechar el poder de mercado que conjuntamente pueden obtener las empresas signatarias del acuerdo y limitar la competencia entre dichas empresas.

La limitación del desarrollo técnico o de las inversiones destinadas a la producción, distribución o comercialización de bienes y servicios del sector de los hidrocarburos con el objeto de restringir la oferta o manejar rentas monopólicas.

El reparto arbitrario de zonas, mercados, clientes y fuentes de aprovisionamiento con el objeto de eludir la competencia.

Detener sin razón u obstaculizar el funcionamiento de los yacimientos o de las instalaciones de industrialización y transporte de hidrocarburos con el objeto de obtener ventajas anticompetitivas.

Toda actitud que tenga por objeto obtener una renta monopólica o una ventaja que distorsione la competencia de mercados de hidrocarburos líquidos y gaseosos.

El aprovechamiento que realice una empresa productora de hidrocarburos del estado de dependencia económica en que se encuentre a su respecto a un establecimiento dedicado a la comercialización de hidrocarburos líquidos, en virtud de un contrato que estipule la exclusividad de marca.

Maldonado concluye que las actividades de exploración, explotación de hidrocarburos líquidos y gaseosos, la importación de petróleo crudo y sus derivados, el transporte e industrialización de hidrocarburos líquidos "estarán encuadradas en las normas legales y reglamentarias que aseguren el normal abastecimiento para los consumidores y una utilidad razonable para los operadores al por menor”.