Es que a través de estos decretos se autoriza endeudamiento
externo y que pondrían en riesgo los recursos mineros y energéticos de
Catamarca.
Cecilia Guerrero, presidenta del bloque de diputados
provinciales del FPV-PJ, presentó en la Cámara baja un proyecto de Declaración
de Repudio a dos decretos emitidos por el Poder Ejecutivo Nacional, a cargo del
Presidente Mauricio Macri, por medio de los cuales se autoriza endeudamiento
externo y que pondrían en riesgo los recursos mineros y energéticos de
Catamarca.
En los fundamentos de la iniciativa, Guerrero señala que el
pasado 11 de enero el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto N° 29/2017,
mediante el cual facultó al Ministerio de Finanzas a un endeudamiento por la
suma 20 mil millones de dólares, y a incluir cláusulas que establezcan la
prórroga de jurisdicción a favor de los tribunales estaduales y federales de la
ciudad de Nueva York y/o de los de Londres, y disponer la renuncia a oponer la
defensa de inmunidad soberana exclusivamente respecto a reclamos que pudieran
producir en la jurisdicción que se prorrogue y con relación a acuerdos que se
suscriban y a las emisiones de deuda pública que se realicen con cargo al
referido decreto.
A su vez, indica que "si bien excluye determinados bienes de
la posibilidad de ejecución relacionada con la renuncia de la defensa de
inmunidad, no es menos cierto que no ha incluido dentro de los bienes que
quedan excluidos de la renuncia de oponer la defensa de inmunidad soberana con
relación a la ejecución de otros bienes que pueden resultar afectados al aval
de la deuda externa y que pueden perjudicar seriamente los derechos, intereses
o bienes de la Provincia de Catamarca y de otras Provincias argentinas”.
"Es así que los recursos hidrocarburíferos, el litio y otros
minerales estratégicos y las empresas del Estado quedaron fuera de la
protección de inmunidad soberana contemplada en las emisiones de deuda externa
y, en consecuencia, quedaron a expensas de resultar pasibles de embargo y
ejecución en la eventualidad de un diferendo legal con quienes fueran
acreedores externos de la República Argentina”, advierte Guerrero.
De acuerdo con la diputada, "el acto administrativo dictado
por el Poder Ejecutivo Nacional ha dejado al margen el principio de inmunidad
soberana con respecto a los bienes mencionados en el artículo 236 del Código
Civil, que son bienes privados del Estado Nacional, provincial o municipal.
Entre los bienes contemplados en la referida disposición del citado
ordenamiento sustancial, se encuentran las minas de oro, plata, cobre, piedras
preciosas, sustancias fósiles y toda otra de interés similar, según lo normado
por el Código de Minería, y los bienes adquiridos por el Estado Nacional,
provincial o municipal por cualquier título”.
En consecuencia, "la gravedad de la omisión de excluir estos
recursos naturales y mineros de la posibilidad de embargo y ejecución ante
eventuales acciones de acreedores externos, emerge manifiesta y lesiona, con
consecuencias imprevisibles, los derechos de la Provincia de Catamarca,
entendida ésta como una jurisdicción de claro perfil minero, y cuyas
posibilidades de crecimiento económico sustentable se encuentran directamente
relacionada al desarrollo de la actividad minera”, añade.
Además, Cecilia Guerrero apuntó que el 5 de abril del
corriente año, el Presidente de la Nación dictó el Decreto N° 231, por el cual
autoriza un nuevo endeudamiento externo por hasta la suma de 3 mil millones de
francos suizos, "y al igual que en el caso anterior, faculta a incluir
cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a favor de los tribunales
arbitrales y judiciales con sede en la Confederación Suiza, y que dispongan la
renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana respecto a los reclamos que
pudieran producirse en dicha jurisdicción. Y entre los bienes que sustrae de la
posibilidad de embargo y ejecución por parte de los posibles acreedores
externos, no ha incluido a los bienes mencionados en el artículo 236 del Código
Civil. Con lo cual el riego de afectación de los recursos mineros catamarqueños
al pago de la deuda externa, es idéntico al creado por el Decreto N° 29/2017 antes
cuestionado”.
En ese sentido, la legisladora provincial recuerda en
proyecto legislativo presentado que "el artículo 124° in fine de la
Constitución de la Nación Argentina prescribe con meridiana claridad que
‘…corresponde a las Provincias el dominio originario de los recursos naturales
existentes en su territorio’. Y Catamarca ha incluido en su Constitución
Provincial normas específicas que reivindican para si el dominio de los
minerales y de las fuentes naturales de energía (arts. 66°, 67° y 68° de la
C.P.)”.
"La defensa irrestricta de los derechos y recursos naturales
de la Provincia de Catamarca, que no son otros que los del Pueblo que
representamos, debe nuclearnos a todos en una sola voz y en una misma causa
común, para preservar el futuro de las nuevas generaciones de catamarqueños”,
enfatiza Guerrero en los fundamentos de la iniciativa presentada.
Por ello, en el articulado de la misma la presidenta del
bloque de diputados del FPV-PJ pide a sus pares que se declare "la profunda
preocupación y repudio de esta Cámara de Diputados por el dictado de los
Decretos N°29/2017 y 231/2017, por comprometer los mismos, al pago de la deuda
externa, recursos naturales que son del dominio originario de la Provincia de
Catamarca”.
Y agrega la importancia de "expresar el anhelo de que los
Sres. Senadores y Diputados Nacionales que representan a la Provincia y Pueblo
de Catamarca ante el Congreso Nacional, arbitren los medios institucionales a
su alcance para enervar los efectos que dichas normas podrían ocasionar a los
intereses de la Provincia de Catamarca en materia de recursos naturales”.