Vialidad Nacional no autorizó la utilización de radares de velocidad en Huillapima

El 11° distrito – Catamarca de la Dirección  Nacional de Vialidad, ante numerosas consultas realizadas a este organismo por usuarios de la ruta nacional 38, informa que no autorizó a la Municipalidad de Huillapima (Capayán) a la instalación en la zona de camino de puestos fijos y transitorios de control de velocidad mediante cinemómetros (radares), con la finalidad de labrar actas de infracción.
jueves, 30 de septiembre de 2010 00:00
jueves, 30 de septiembre de 2010 00:00

Respecto a las autorizaciones a emitir estos permisos por parte de la Dirección Nacional de Vialidad las instalaciones deben seguir ciertos criterios. Los puestos de control que se ubiquen de modo tal que no impliquen la creación de trampas de velocidad y sigan la normativa que la DNV posee para travesías urbanas. Tampoco deben afectar las condiciones de seguridad y transitabilidad de la ruta y necesariamente el equipo a utilizar debe encontrarse debidamente homologado.

Sin perjuicio de la homologación del modelo de cinemómetro, cada equipo, expuesto a condiciones climáticas de lo más variadas, deberá encontrarse calibrado por instituciones competentes con periodos de vigencia no superiores a tres meses. 

Del mismo modo, previo a la extensión de cualquier permiso, se deberá presentar un estudio del nivel de accidentes y de velocidad en el escenario del “antes”, a fin de que se haga posteriormente una evaluación del programa.

Sobre el caso, el jefe del 11º Distrito Catamarca de la DNV, ingeniero José Marcelo Patria, señaló que “la viabilidad de la instalación de puestos fijos y permanentes de control de velocidad mediante cinemómetros conlleva la necesidad de elaborar la normativa legal que ampare estos controles, ya los cinemómetros deben encontrarse homologados por la Secretaría de Comercio e Industria de la Nación, conforme a las normas vigentes sobre la materia”.

Patria recordó que la Ley 25.650 alude a la prohibición del “uso de sistema de radar-foto para el control vehicular en rutas nacionales cuando éste no cumpla con la reglamentación metrológica y técnica establecida por la resolución Nº 753-SICYM”, es decir que “debe estar homologado y contar con la garantía periódica de buen funcionamiento del fabricante, extremo que debe constar en el acta bajo pena de nulidad”.

Por otra parte, el 11º Distrito Catamarca de la DNV informa que ha efectuado una denuncia penal ante la Fiscalía Federal por distintas usurpaciones detectadas en la zona de dominio público de la ruta que atraviesa Huillapima, puntualmente de comerciantes que temerariamente se establecen en el lugar y generan un potencial riesgo para los usuarios del camino.  En la misma presentación judicial se informó sobre la presencia de estos controles de la Municipalidad totalmente ilegítimos, según el criterio de la DNV.

Antecedente

La Municipalidad de Huillapima inició estos operativos hace algunos años y a pesar de la prohibición por parte de quien tiene la potestad de la zona de camino, la DNV llevó a cabo ejecuciones judiciales por el cobro de las multas que labraba sobre ruta nacional 38.

Sin embargo, obtuvo un revés judicial por parte del tribunal de la Cámara de Apelaciones en lo Civil Nº 1 de la provincia de Catamarca, sentencia que sirvió como antecedente jurisprudencial para que nunca más la comuna aludida judicializara una multa.

El fallo dictado por el tribunal local hizo lugar a una inhabilidad de título presentada por un usurario, que argumentó la falta de autorización de la Dirección Nacional de Vialidad a favor de la Municipalidad de Huillapima para ejercer controles de tránsito sobre la ruta.

Cabe destacar que con fechas 29 de octubre de 2008 y 26 de mayo de 2009, la Municipalidad de Huillapima remitió a este distrito solicitudes de autorización para instalar en zona de camino carteles con el texto “Velocidad Controlada por Radar”. Ambas peticiones fueron denegadas por la DNV.

No obstante ello, la Municipalidad de Huillapima colocó sin autorización carteles, por lo que la Jefatura del 11º Distrito Catamarca de la DNV intimó mediante carta documento al intendente “a retirar todas las instalaciones existentes en la zona de camino que no cuenten con la debida autorización de la Dirección Nacional de Vialidad por ruta nacional 38”.

La DNV recuerda que en su página web www.vialidad.gov.ar, en el espacio “Multas Fotográficas”, podrán asesorarse sobre la forma en que debe tramitarse esta cuestión.

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