La medida fue oficializada este martes mediante la Disposición 2491/2026, publicada en el Boletín Oficial, tras detectarse —en tareas de fiscalización y monitoreo— la venta de artículos domisanitarios que no contaban con el debido registro ante el organismo.
Según se informó, los productos pertenecen a la marca “Agranel” e incluyen una amplia variedad de artículos de uso cotidiano como agua lavandina (en distintas versiones), cloro (líquido, granulado y en pastillas), alguicidas, clarificadores, ceras para piso, siliconas, desengrasantes, quitamanchas, quitasarro, limpiavidrios, destapa cañerías, shampoo para autos y perfuminas textiles, entre otros.
Además, se detectó que algunos de estos productos eran promocionados como supuestas alternativas a marcas reconocidas, con descripciones como “tipo Vivere”, “tipo Ariel”, “tipo Cif” o “tipo Harpic”, lo que podría inducir a engaño a los consumidores.
Desde la ANMAT explicaron que la falta de registro impide garantizar la calidad, seguridad y eficacia de estos productos, por lo que representan un potencial riesgo para la salud.
En este marco, el organismo resolvió prohibir su elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional hasta tanto regularicen su situación legal, con el objetivo de proteger a los usuarios y evitar posibles perjuicios derivados de su uso.