Sanción definitiva a la publicación obligatoria de las sentencias judiciales

Los senadores dieron sanción definitiva al proyecto de Ley por el que se establece la publicación obligatoria y sin excepciones, de todas las sentencias dictadas por la Corte de Justicia.
viernes, 12 de octubre de 2018 09:21
viernes, 12 de octubre de 2018 09:21

También las dictadas por Cámaras con competencia Civil, Comercial, Laboral, de Familia, de Menores, de Minas, Cámaras Criminales y de Apelación Penal, y las que se crearen en el futuro, cualquiera sea el fuero al que pertenezcan, y las emitidas por el Tribunal Electoral.

La iniciativa de la diputada Cecilia Guerrero defendida en el recinto por el senador Héctor Fernández y apunta a la transparencia y publicación, considera que en lo que hace específicamente al servicio de administración de Justicia “la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación, tiene reconocido el derecho a que las sentencias judiciales sean difundidas, en la medida que se reproduzca una información objetiva”.

Enfatizando que en el caso específico de la Provincia de Catamarca, no todos los fallos judiciales son publicados y que “la mayor parte de ellos resultan desconocidos hasta por los Abogados que litigan en el foro local”, la Ley a la que se asignó el N° 5.557 manifiesta en su articulado que “la publicación de las sentencias se llevará a cabo en la página web del Poder Judicial de Catamarca, de conformidad a las normas reglamentarias que al efecto dicte la Corte de Justicia, asegurando el cumplimiento irrestricto de las disposiciones establecidas en la presente Ley y el ejercicio libre, efectivo y directo del derecho de acceso de los profesionales del Derecho y de la totalidad de los ciudadanos al conocimiento de los fallos judiciales”.

Adhesión a la Ley Nacional N°26.606

De acuerdo con la orden del día dispuesta para la presente sesión, el pleno dio media sanción al proyecto de ley impulsado por el senador José Alaniz Andrada por el que la provincia de Catamarca adhiere a Ley Nacional N° 26.606, la cual establece en su articulado, instituir el mes de octubre de cada año como “Mes Nacional de Concientización sobre el Cáncer de Mama”.

Conforme estipula la normativa presentada por el Senador por el departamento Tinogasta, precisa  disponer que en el mes de octubre de cada año, “el Ministerio de Salud de la Provincia, en coordinación con los municipios, el Ministerio de Salud de la Nación y otros organismos nacionales y provinciales que correspondan, deberá desarrollar actividades públicas de educación y concientización en materias de prevención, diagnóstico precoz y tratamiento del cáncer de mama”.

“Las herramientas disponibles en la actualidad para la prevención y el diagnóstico precoz de cáncer de mama, son especialmente importantes para aquellas mujeres que presentan mayor riesgo de desarrollar cáncer de mama y para las cuales el inicio temprano del tratamiento se traduce en una reducción de la mortalidad”, manifestó el Legislador al fundamentar la iniciativa remarcando que la adhesión apunta a que la información, formas de prevención y diagnóstico precoz llegue a cada rincón de la provincia.

 

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