Ajustan el RIGI y cambian el criterio para definir inversiones de largo plazo
Mediante una resolución, el Ministerio de Economía elevó del 30% al 35% el umbral clave del régimen, con el objetivo de adaptarlo a la dinámica de sectores como energía, minería e industria.
El Gobierno modificó uno de los parámetros centrales del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) al actualizar el criterio que determina cuándo un proyecto es considerado de largo plazo.
La medida fue oficializada mediante la resolución 484/2026 del Ministerio de Economía, publicada este lunes en el Boletín Oficial, y establece que el umbral del cociente financiero pasará del 30% al 35%.
De esta manera, se redefine el límite entre el valor presente del flujo neto de caja esperado -sin contar inversiones- durante los primeros tres años y el valor presente de las inversiones de capital proyectadas en ese mismo período.
Según se detalla en la norma, el cambio apunta a mantener el criterio de inversiones de larga maduración, pero adecuándolo a las características específicas de distintos sectores productivos alcanzados por el régimen.
La modificación surge tras informes técnicos de distintas áreas del Ministerio de Economía, que señalaron que el umbral anterior podía no reflejar correctamente la estructura económica y financiera de ciertos proyectos, en especial en el sector energético.
En ese sentido, la Secretaría de Energía indicó que los desarrollos hidrocarburíferos presentan esquemas de inversión con recuperación inicial más rápida, pero requieren reinversión constante a lo largo de ciclos que pueden extenderse entre 20 y 35 años.
RIGI y sector energético: cómo impacta el nuevo umbral en petróleo, gas y minería
A partir de estas particularidades, se consideró técnicamente razonable elevar el umbral al 35%, sin afectar el carácter de largo plazo exigido por el régimen.
En la misma línea, la Subsecretaría de Energía Eléctrica sostuvo que el ajuste no altera la naturaleza de los proyectos de infraestructura energética, mientras que la Secretaría de Minería afirmó que la modificación no impacta en la lógica de inversiones del sector.
Desde la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa señalaron que el cambio resulta neutro para actividades como la siderurgia, caracterizadas por altos niveles de inversión inicial y largos períodos de desarrollo.
El Ejecutivo precisó que busca optimizar la operatividad del RIGI y mejorar su adecuación a la realidad productiva, sin modificar su objetivo central de atraer inversiones de gran escala.
La nueva definición será aplicable a todos los sectores alcanzados por el régimen y entrará en vigencia desde hoy.