Caso Pachado: “el abuso sexual infantil no puede prescribir”

Los abogados Sebastián Ibáñez y Bruno Jerez, defensores de la supuesta víctima de abuso del cura Moisés Pachado, explicaron los aspectos legales por las cuales el pedido de prescripción, pedido por la defensa del sacerdote, fue rechazado. 

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“Se rechazó por una cuestión de fondo, por decir la fiscalía que el delito de abuso sexual infantil es imprescriptible a la luz del artículo 19 de la Convención de los Derechos del Niño que tiene rango constitucional en la argentina y siguiendo los últimos fallos de la justicia argentina en ese sentido”, declaró Ibáñez y agregó que “el artículo 19 de la convención de los derechos del niño dice que el Estado ante el abuso sexual infantil debe intervenir, que es todo lo contrario a la prescripción, que es la no intervención judicial”.

Por otro lado, informó que “en el caso de que el Juez de Control de Garantías haga lugar a la prescripción nosotros vamos automáticamente a interponer un recurso de apelación para llegar a la Cámara de Apelación, en el caso contrario seguro ellos van a apelar, así que si o si nos vamos a ver en esa instancia”.

En relación a lo encontrado en el diario íntimo de la víctima, que se ofreció como prueba por parte de la defensa de la joven, el Dr. Jerez declaró “lo desgarrador de los escritos es que ahí queda registrado el estado de indefensión psicofísica al que había estado sometida a través y por consecuencia de los abusos producidos por el cura Pachado”.

Al ser consultado si en el diario la victima habla específicamente del cura, el abogado respondió “lo menciona específicamente, y es por eso que tratamos que las pruebas sean preservadas para que no tengan es ningún tipo de impugnación por parte del cura Pachado.

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