El conflicto limítrofe entre Catamarca y Santiago se resuelve en el Congreso Nacional
Un conflicto por límites interprovinciales entre Santiago del Estero y Catamarca no será tratado por la Corte Suprema de Justicia, por entender que es una materia propia del Congreso Nacional y ajena a la Justicia.
Así lo resolvió el máximo tribunal en un fallo firmado por
los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos
Maqueda, en que declaró su incompetencia para entender en una causa planteada
por la provincia de Santiago del Estero.
En la misma, ese estado provincial pidió la declaración de
validez y eficacia de la ley 22.742, que fijó los límites entre ambos estados
locales, y de inconstitucionalidad de un artículo de la Constitución de
Catamarca que desconoció a expresamente esa ley.
La Corte recordó que en 1983 se dictó la ley 22.742 que fijó
el límite entre las provincias de Santiago del Estero y Catamarca y que se
encontraba suspendido el amojonamiento por dificultades en la implementación.
No obstante ello, en 1989 Catamarca dictó su nueva
Constitución desconociendo expresamente validez a la ley nacional y de los
límites fijados por ella.
La resolución recuerda también que desde 1983 se presentaron
distintos proyectos en el Congreso Nacional, algunos proponiendo la
ratificación expresa de la mencionada ley, y otro, para derogarla.
Estas circunstancias llevaron al Tribunal a entender que la
decisión de la causa podía importar el desconocimiento de los límites fijados
por la ley 22.742 y ello implica expedirse en torno de la fijación de los
límites interprovinciales, materia que es ajena al Poder Judicial y propia del
Congreso Nacional.