Contratación de seguros para vehículos de Salud

Días atrás, el Ministerio de Salud y el Banco Nación firmaron un convenio para, a través de Nación Seguros S.A., asegurar los vehículos con los que cuenta la institución provincial.

INFORMACION-GENERAL

A raíz de algunos comentarios en distintos medios que ponen en tela de juicio la legalidad del procedimiento, el director del Administración del ministerio de Salud, CPN Omar Gallardo, y el Asesor Legal, Dr. Luis Gribaudo, explicaron el sistema de contratación.

Ante todo, Gallardo aclaró que el convenio es para “tener cobertura en nuestra flota de vehículos, en la que están incluidas ambulancias y motos. Además se irán incorporando los demás móviles cuando vayan perdiendo la vigencia los seguros que se han contratado durante el año 2018´”.

El director de administración explicó que “es parte de la política que implementamos en nuestro ministerio para bajar los costos. Es seguir con una línea de cuidar los recursos que en definitiva son de los catamarqueños y aportar  a la transparencia de nuestros movimientos de cuenta”. 

“Tal como lo establece el artículo 98 de la Ley de Administración Financiera, hicimos una contratación directa por significación económica, sin concurrencia, puja u oposición de oferentes. No obstante ello, se pidió al departamento Patrimonio que pidiera algunas cotizaciones de contratación de seguros para distintos vehículos de la flota del ministerio, entre los que se encuentran ambulancias y motocicletas; además de revisar los precios que ya se estaban pagando. Nación seguros SA cotizó por todos los vehículos y, comparativamente a las cotizaciones parciales con las que contábamos, al ser los precios más bajos y abarcadores, optamos por contratar. También pesó la unificación del prestador”.

Al ser consultado acerca de las razones por las que se cuestiona la operación, Gallardo dijo que “creo que se han tocado intereses de alguna empresa, quizás. Pero nosotros tenemos que cuidar los intereses del erario público. Vimos que pagábamos distintos seguros de distintas empresas que daban diferentes coberturas y, en general, a precios altos; fue allí que tomamos la decisión”, finalizó.

Por su parte el abogado Gribaudo explicó la normativa en la que se encuadra la operación. “El procedimiento está establecido por la Ley de Administración Financiera que en el art. 98 establece la contratación directa por significación económica en donde se faculta a llamar a dos oferentes, para llevar adelante el procedimiento de contratación. Pero, hay una excepción dentro del mismo artículo, que es en el inciso b, en donde establece que se podrá contratar utilizando el procedimiento de contratación directa por significación económica sin perjuicio de poder aplicarse o no lo anterior, cuando por las características especiales de la contratación y del tipo de oferta que se necesita que se provea, sean totalmente especiales. Acá hay diversos factores: el objeto, el sujeto con quien se contrata, en este caso el precio también tiene que ver.

Establece, también que entre las jurisdicciones y entidades del Estado provincial, con Estados nacionales o municipales, en este caso Banco Nación; una entidad nacional, independientemente de que sea una entidad de seguros; se puede contratar directamente por estos factores que nosotros, financieramente y económicamente, nos conviene, sin haber ningún tipo de contradicción a la Ley Financiera, que es la que nosotros llevamos adelante en todo tipo de contrataciones”.

Más adelante, el asesor señaló que “es una contratación directa por significación económica”. Y aclaró que “el ministerio no tiene ninguna obligación de pedir presupuestos o cotizaciones  porque es el Estado quien contrata de manera directa por ciertos factores, en este caso, económico y financiero, con entidades públicas nacionales, provinciales o municipales”.

Podés leer también