Cumplimiento Fiscal: se debe generar por la web de la AGR

La Administración General de Rentas de la provincia informó que desde el 3 de junio está en vigencia la Resolución 037/19.

INFORMACION-GENERAL

Esta resolución implica que todos los contribuyentes de Ingresos Brutos locales que soliciten Certificado de Cumplimiento Fiscal, deberán hacerlo, exclusivamente, a través del Sistema Informático SIBCAT WEB - Cuenta Única, a través de la página WEB del organismo.

A tales efectos, se recordó que la obligatoriedad de este trámite parte de la legislación actual por la cual no se dará curso a tramitación alguna con respecto a actividades o bienes relacionados con obligaciones tributarias vencidas cuyo cumplimiento no se pruebe con certificado de Cumplimiento Fiscal expedido por la Administración General de Rentas.

A partir de la resolución mencionada, los contribuyentes de Ingresos Brutos locales no deberán concurrir a las oficinas del organismo a los fines de la generación de esta documentación, sino que deberán realizar el trámite ingresando a  www.agrentas.gov.ar – “Generación de Cumplimiento Fiscal Web. Contribuyentes de Ingresos Brutos Local”, y luego seguir los pasos que marca el sistema informático.

Por consultas: AGR, Chacabuco 881, E-mail: info@agrentas.gov.ar. Tel. 383-4437621/22.

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