Fallo histórico: Cristina Fernández de Kirchner no podrá votar en octubre

La Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió este lunes revocar la decisión del juzgado federal de Río Gallegos que habilitaba a Cristina Fernández de Kirchner a votar en las elecciones legislativas de octubre.

NACIONALES

Con este fallo, la ex presidenta de la Nación queda excluida del padrón electoral debido a la condena que cumple en la causa Vialidad, donde se le dictó inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

La resolución, firmada por los camaristas Santiago Corcuera, Daniel Bejas y Alberto Dalla Via, ordena aplicar la prohibición que había solicitado la fiscalía electoral y descarta la postura de la jueza subrogante Mariel Borruto, quien en agosto había declarado inconstitucionales los artículos del Código Penal y del Código Electoral Nacional que impiden sufragar a los condenados por delitos dolosos.

El Código Penal establece que la inhabilitación perpetua incluye la privación del derecho electoral, mientras que el Código Electoral dispone que los condenados por delitos dolosos con pena de prisión quedan excluidos del padrón.

La jueza Borruto había cuestionado estas normas, citando fallos previos de la propia Cámara Nacional Electoral que en 2016 habían considerado inconstitucionales las restricciones automáticas al voto de personas condenadas. Sin embargo, la CNE recordó que en ese mismo pronunciamiento pidió al Congreso que dictara una ley específica sobre el tema, en especial para delitos vinculados a corrupción o contra la administración pública.

En este sentido, el fiscal nacional electoral Ramiro González había solicitado excluir a la ex mandataria del padrón, argumentando que el derecho a votar en estos casos no puede resolverse de manera judicial sino legislativa.

La Corte Suprema ya se pronunció en 2022 en el caso “Orazi”, donde avaló rehabilitaciones puntuales al padrón electoral por la inacción del Congreso. A partir de ese precedente, la Cámara Nacional Electoral analiza caso por caso, pero bajo criterios estrictos: la viabilidad jurídica, el tipo de delito y las condiciones procesales del condenado.

Según la CNE, la jueza Borruto no tuvo en cuenta ninguno de esos parámetros y, además, actuó de oficio, es decir, por iniciativa propia, lo que contradice la jurisprudencia vigente. Esa irregularidad fue suficiente para dejar sin efecto su fallo y confirmar la inhabilitación electoral de Cristina Fernández.

El martes 16 de septiembre se publicará el padrón definitivo de electores para las elecciones legislativas. Por primera vez desde el regreso de la democracia en 1983, Cristina Fernández de Kirchner no figurará en la lista de votantes.

Este desenlace marca un precedente fuerte: la Justicia dejó en claro que, mientras el Congreso no legisle sobre el derecho al voto de los condenados por corrupción y delitos contra el Estado, quienes enfrenten una inhabilitación perpetua permanecerán fuera del padrón.

 

Podés leer también