Implementan el Protocolo de Emergencia Agropecuaria

Ante la ocurrencia del fenómeno climático que afecta al Valle Central y Este de la Provincia, los productores damnificados deben dirigirse a la Agronomía de Zona más próxima y reportar el suceso y los daños agropecuarios ocasionados.

INFORMACION-GENERAL

La Dirección Provincial de Extensión Rural comunica que ante la ocurrencia del fenómeno climático que afecta al Valle Central y Este de la Provincia, los productores damnificados deben dirigirse a la Agronomía de Zona más próxima y reportar el suceso y los daños agropecuarios ocasionados.

Luego, se enviará a los evaluadores del evento de modo de consensuar las medidas para mitigar los daños.

Se ha puesto un funcionamiento el siguiente Protocolo/Guía para casos de emergencia: Protocolo para  Emergencia  Agropecuaria Provincial

Definiciones

Emergencia Agropecuaria: cuando fenómenos meteorológicos, telúricos o biológicos  afectaren la producción o capacidad productiva  del 50 al 80 %, en una  localidad o departamento, o sea el fenómeno o suceso es colectivo.

Desastre Agropecuario: cuando el fenómeno afectare más del 80 % de la producción o capacidad productiva de una Zona o localidad.

La zona  afectada debe ser declarada en emergencia luego de evaluar las perdidas

Emergencia Municipal la declara el municipio  que debe   proveer las medidas de orden local. Puede solicitar ayuda y emergencia provincial.

Emergencia Provincial la declara el Poder Ejecutivo a propuesta de una Comisión de Emergencia provincial, permite gestionar la emergencia nacional y otorgar beneficios provinciales establecidos en  la ley provincial 4786.

Emergencia Nacional: lo Declara por Resolución el Ministerio de Producción Nacional, a pedido y propuesta de una comisión Nacional. Otorga  los beneficios que prevé la ley nacional Nº 26509.-

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