Intendentes radicales recibieron jugosos aportes extras 15 días antes de las elecciones
El discurso sobre trato igualitario hacia todos los intendentes, sin distinción política, por parte del Gobierno de la Provincia, se va cayendo de a poco. Si no, cómo se explica que sólo intendentes radicales recibieron aportes no reintegrables por parte del Fondo de Emergencia para solventar desequilibrios financieros, 15 días antes de las elecciones del pasado 13 de marzo.
Por ejemplo, a través de la Resolución Ministerial “GJ . HF. Nº 78 – de fecha 28 de febrero de 2011”, se autorizó el “otorgamiento de un Aporte No Reintegrable, proveniente del Fondo de Emergencia Municipal, creado por el Art. 2° punto 2 de la Ley N° 5174 de Participación Municipal, a la Municipalidad de Los Altos, Dpto. Santa Rosa, por $ 100.000,00, para financiar situaciones de emergencia y desequilibrios financieros transitorios.
Mediante la resolución Ministerial “GJ . HF. Nº 79” también del 28 de febrero pasado, se “autorizó el otorgamiento de un Aporte No Reintegrable, proveniente del Fondo de Emergencia Municipal, creado por el Art. 2° punto 2 de la Ley N° 5174 de Participación Municipal, a la Municipalidad de Fiambalá, Dpto. Tinogasta, por $ 50.000,00, para financiar situaciones de emergencia y desequilibrios financieros transitorios”.
El municipio de Tinogasta no quedo ajeno a este beneficio. “Resol. Minist. GJ . HF. Nº 81 – 28022011 - Gobierno y Justicia – Hacienda y Finanzas – Autorízase el otorgamiento de un Aporte No Reintegrable, proveniente del Fondo de Emergencia Municipal, creado por el Art. 2° punto 2 de la Ley N° 5174 de Participación Municipal, a la Municipalidad de Tinogasta, Dpto. Tinogasta, por $200.000,00, para financiar situaciones de emergencia y desequilibrios financieros transitorios”.
Por último, Villa Vil, en el departamento Belén, también recibió plata fresca antes de los comicios. “Resol. Minist. GJ . HF. Nº 80 – 28/02/2011 - Gobierno y Justicia – Hacienda y Finanzas – Autorízase el otorgamiento de un Aporte No Reintegrable, proveniente del Fondo de Emergencia Municipal, creado por el Art. 2° punto 2 de la Ley N° 5174 de Participación Municipal, a la Municipalidad de Villa Vil, Dpto. Belén, por $ 50.000,00, para financiar situaciones de emergencia y desequilibrios financieros transitorios”.