Líneas chicas de la UCR marcan la cancha
Conocedores de los excesos a los que están acostumbrados los capos partidarios, las líneas chicas de la UCR se unen en dos pedidos concretos la modificación de la Carta Orgánica en cuanto a los requisitos para competir en las internas y la realización de elecciones internas obligatorias para la selección de cargos partidarios y electivos. Caso contrario, se entiende, solo Dios sabe como jugaran en el 2013.
Las líneas chicas o minoritarias del radicalismo, entre las que se encuentran la Corriente Progresista Radical (CPR), CREER, Ateneo del Parque, Renovación Radical Popular (RRAP), Fuerza e Integración Radical (FIR) y Convocatoria Radical, entre otras, coinciden endos pedidos concretos la modificación de la Carta Orgánica en cuanto a los requisitos para competir en las internas y la realización de elecciones internas obligatorias para la selección de cargos partidarios y electivos.
Como se sabe, estos sectores disidentes mantienen serias diferencias con los sectores que comandan el partido que aun teniendo el gobierno provincial en sus manos, es decir el manejo de las chequeras oficiales, no deja de achicarse en todo sentido; más aun, tuvo su día negro el 13M.
Estos sectores disidentes harán los respectivos planteos en el próximo encuentro partidario a desarrollarse en el transcurso de esta semana.
Por su parte, la línea CREER que conduce Ernesto Álvarez Morales, presentará a las autoridades del radicalismo un documento que contiene los siguientes puntos:
- Convocatoria amplia para debatir y participar sin distinciones, en un diálogo sincero y respetuoso, a todos los sectores internos partidarios.
- Reforma de la Carta Orgánica para sacar impedimentos proscriptivos a la real participación.
- Participación ineludible de los afiliados en la selección de candidatos para cargos electivos y partidarios. Elecciones internas obligatorias para la selección de cargos partidarios y electivos.
- Funcionamiento permanente de los Comité departamentales y distritales. Constitución, autonomía y periodicidad mínima de reuniones.
- Redefinir funcionamiento y facultades propias, indelegables y exclusivas de la Convención Provincial.