PAMI simplifica el acceso a medicamentos gratuitos para jubilados: nuevos cambios en el trámite

El Programa de Atención Médica Integral (PAMI) ha implementado cambios significativos en el trámite para que los jubilados puedan acceder a medicamentos gratuitos con el 100% de cobertura.

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A partir de ahora, los beneficiarios ya no deberán descargar, completar ni cargar la declaración jurada para obtener el subsidio social. En su lugar, los jubilados solo tendrán que presentar su DNI y credencial de afiliado en las agencias del PAMI, donde podrán tramitar el subsidio de inmediato.

Este cambio busca agilizar el proceso y permitir que los beneficiarios obtengan los medicamentos en la farmacia de manera inmediata. Además, la cobertura se renovará automáticamente cada seis meses gracias al cruce de datos con las recetas médicas. Para aquellos que necesiten más de cuatro medicamentos, el médico de cabecera deberá completar un formulario adicional.

Los jubilados que cumplan con los requisitos establecidos pueden seguir accediendo al subsidio social a través de un sencillo trámite web en la página de PAMI, con una respuesta garantizada en las primeras 24 horas. La medida busca hacer más eficiente el proceso, eliminando trámites burocráticos y garantizando el acceso a medicamentos esenciales para quienes más lo necesitan.

Cómo mantener la cobertura del 100% de los medicamentos del PAMI

Si bien para hacer el trámite de manera presencial ya no se pide concurrir con la declaración jurada, sí es obligatorio presentarse con el DNI y la Credencial.

Con ello, la persona en ventanilla podrá chequear los datos en el sistema y recién ahí podrá iniciar el camino del trámite. En caso de cumplir con los requisitos y solicitar hasta cuatro remedios, el afiliado podrá ingresar al subsidio y directamente ir a la farmacia para retirarlos con la cobertura del 100%. En tanto, si la solicitud es de cinco o más medicamentos, se le pedirá que el médico de cabecera complete el formulario que avale el pedido.

Cómo gestionarlo por la web de PAMI

Una vez dentro de la página de PAMI, debe dirigirse a la sección de “Trámites Web”, seleccionar “Medicamentos sin cargo por subsidio social” y luego en “Iniciar este trámite”.

Los pasos a seguir son

Ingresar número de afiliación, número de DNI y número de trámite de la última versión de DNI.

Completar un formulario de contacto indicando si la persona que está realizando el trámite es el afiliado titular o un familiar, número de teléfono y correo electrónico. Al ingresar a la pantalla con el listado de requisitos para acceder al subsidio social, el usuario deberá confirmar si cumple con ellos y, de hacerlo, podrá continuar.

Luego, aparecerán 3 preguntas:

  • Si posee activos societarios.
  • Si posee un familiar a cargo con discapacidad.
  • Si posee receta en formato de papel.

Si responde que sí, se desplegará un campo donde podrá cargar el documento de la receta (en foto o formato PDF). Si selecciona que no, avanzará porque tiene sus recetas en formato electrónico.

Las recetas electrónicas están cargadas en el sistema, y PAMI empezó a cruzar datos con la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), facilitando así la verificación de información y la fluidez en el proceso.

Acto seguido, aparecerá un campo de texto que es opcional para dejar algún comentario, por ejemplo, los nombres de los medicamentos que está solicitando. Al siguiente paso deberá cliquear en “Finalizar carga de documentación”.

Por último, aparecerá la pantalla con todos los datos cargados al momento y el usuario podrá confirmar la información brindada.

Una vez que se confirmen los datos, el trámite quedará iniciado y aparecerá el número de caso con el que el afiliado podrá consultar el estado del trámite. El tiempo de respuesta será dentro de las primeras 24 horas.

Cobertura al 100% de PAMI: quiénes pueden continuar

Para seguir con la cobertura hay que tener el subsidio social.

Las condiciones para acceder al beneficio son:

  • Tener ingresos menores a 1,5 haberes previsionales o hasta 3 haberes en caso de que el afiliado conviva con una persona que tenga
  • Certificado Único de Discapacidad (CUD).
  • No estar afiliado a una prepaga.
  • No tener más de un inmueble, un vehículo de menos de 10 años ni ser dueño de bienes de lujo.
  • No ser titular de activos societarios que indiquen capacidad económica plena.

De no cumplir con los primeros dos puntos, si el costo de los medicamentos indicados para el tratamiento es igual o mayor al 15% de sus ingresos, el afiliado puede solicitar la cobertura al 100% a través de una vía de excepción.

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