Ley para campesinos vulnerables

El diputado Luis Andraca (Movilización - FCS) presentó, días pasados, un proyecto de Ley que busca afrontar la problemática de posesión de tierras en la Provincia, a través de la creación del Registro Personal de Poseedores. Podrán inscribirse en el mismo, las personas que invoquen y acrediten la posesión de inmuebles urbanos, rurales y semi rurales.

INFORMACION-GENERAL

Según el proyecto, se podrá tramitar la posesión de parcelas sin perjuicio que el dominio de las mismas, o de la mayor superficie, se encuentre sin matricular o inscripto en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria y de Mandatos a nombre de una persona distinta a quien aparece invocando la posesión.

La iniciativa de Andraca, resolvería la situación de precariedad dominial en la que se encuentran numerosos inmuebles por la falta de títulos registrales o bien, por la existencia de títulos imperfectos, los que ponen en situación de indefensión a aquellos trabajadores que sólo ostentan el carácter de poseedores de los inmuebles en los que habitan y trabajan.

De hecho, los argumentos del proyecto se apoyan en la letra de los Códigos Civil y Procesal Civil, los que reconocen y protegen el derecho de aquellos que detentan la posesión de inmuebles. El primero de ellos es muy claro respecto al reconocimiento del derecho de propiedad a toda persona que posea un inmueble en forma pública, pacífica e ininterrumpida por más de veinte años.

Cabe señalar, que el diputado ya presentó proyectos similares en septiembre de 2011 y también en 2007.

Aplicación

Dicho Registro estaría bajo la órbita de la Dirección de Saneamiento de Títulos dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia, la que podrá organizar, coordinar y promover el proceso de inscripción de parcelas, y realizar acciones vinculantes entre las distintas reparticiones en las que corresponda intervenir.

Para iniciar el trámite, las personas que pretenden anotar parcelas urbanas, rurales o semi rurales invocando el derecho de posesión, deben suscribir y presentar una declaración jurada ante el Juzgado de Paz de su jurisdicción, o ante el organismo que la Dirección de Saneamiento de Títulos determine. Entre los requisitos de la misma, se deberá proveer información sobre el rogante, la parcela y, fundamentalmente, datos que prueben el origen y la antigüedad en el ejercicio de la posesión de la tierra, los que deberán contar con el apoyo de dos testigos que manifiesten conocer la existencia material de la posesión.

El proyecto establece la metodología para el seguimiento del trámite y los plazos de resolución de los mismos por parte de la autoridad de aplicación, con sus posibles variantes. También están previstos los casos de oposición de titulares, realización de mensuras individuales y colectivas (en caso de quela posesión sea invocada por varios titulares), costes, títulos provisorios, medidas cautelares, entre otras cosas.

 “La cuestión de la tierra es un problema que afecta a toda América Latina, y nuestra Provincia no esta exenta del mismo. Creemos que este proyecto de ley no resuelve el problema de fondo, aunque sí otorga a nuestros comprovincianos con un derecho adquirido, pero en una posición vulnerable, un escalón más en la lucha por las tierras en las que muchos han nacido y han sido criados”, puntualizó Andraca.

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