Para evitar inconvenientes, informan regulación vigente sobre la SUBE
La Dirección Provincial de Transporte dependiente del Ministerio de Servicios Públicos, pone en conocimiento de la población que existen Términos y Condiciones basados en los Principios Generales.
Estos términos
y condiciones se refieren a los que reglamentan el uso de las Tarjetas del
Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE). A esta información se puede acceder
libremente a través de cualquier ordenador en la página oficial del sistema.
www.sube.gob.ar/TerminosYCondiciones-www-sube.gob.ar.aspx
En el
instrumento se establece que "la tarjeta SUBE es personal e intransferible.
Todas las tarjetas SUBE tienen un número que las identifica, el que se asociará
al DNI del usuario que se registre”.
Esto es,
debido a que existe un sistema para la cobertura de responsabilidad civil de
los vehículos destinados al transporte público de pasajeros y el seguro de accidentes personales de transporte
de pasajeros. Por ende, la persona que viaja está protegida por éste mientras
se pueda comprobar, a través del plástico, que ha abonado su pasaje.
No existe
una regulación sobre el uso de las tarjetas sin beneficio, por lo tanto
mientras el orden jurídico no prohíba una determinada conducta, está
implícitamente permitida (Art. 19 C.N). De todos modos, se insta a la población
a adquirir el plástico, de manera que se evite el malestar lógico entre los
pasajeros y los choferes. En algunos casos, éstos se ven obligados a proceder en
conductas impuestas por sus superiores cuando un usuario quiere abonarle el
pasaje a un tercero.
En este caso
particular, si viajan dos personas y uno de ellos paga el boleto con su tarjeta
registrada, ambos deberán descender del coche cuando deseen, pero al mismo
tiempo ya que el comprobante de que el pasajero sin tarjeta ya abonó su pasaje,
queda registrado en el plástico del compañero. Si esto no sucede, derivaría en
un problema para el inspector al momento de controlar si la persona beneficiada
por el pago, abonó o no el viaje.
En
consecuencia, sí se encuentra vigente una regulación para el uso del plástico
con Tarifa Social. Ésta establece que "el uso de la tarjeta con tarifa social
por parte de una persona distinta a la registrada, podría derivar en la
ocurrencia de un delito, conforme lo prescripto por el artículo 172, Capítulo
IV ‘Estafas y otras defraudaciones’ del Código Penal. Sin perjuicio de esta
advertencia, el uso indebido de la tarjeta beneficiaria traerá como
consecuencia la suspensión de sus beneficios”.
Por otra
parte, en el inciso de "Uso de la tarjeta con Tarifa Social” de los Términos y
Condiciones se instituye que, "los beneficiarios podrán utilizar la tarjeta con
el beneficio que se le otorgue en función de los siguientes parámetros: hasta 6
viajes por hora; hasta 12 viajes por día; hasta 40 viajes por semana y hasta
120 viajes por mes”.
Notificación a Nación Servicios
La Dirección
Provincial de Transporte expidió una nota a Nación Servicios días pasados,
sobre las complicaciones entre los usuarios de una de las empresas de
transporte, ante la negativa del pago de boletos a terceros. Por el reclamo realizado, se pudo saber que
la empresa ya fue notificada acerca de su errado accionar.