Piden normas con participación ciudadana
Con el objetivo de abrir un espacio institucional a través del cual se canalice la participación ciudadana en la elaboración de normas, el diputado Luis Andraca impulsó un proyecto de Ley de Elaboración Participativa de Normas.
La Elaboración Participativa de Normas es un mecanismo por el cual se habilita un espacio institucional donde la ciudadanía tiene la oportunidad de opinar y proponer modificaciones a proyectos de normas. Está a la vanguardia en modelos de participación ciudadana.
Se trata de un procedimiento que prevé realizar consultas no vinculantes, involucrando a sectores interesados y a la ciudadanía en general respecto de proyectos de ley, antes de ser elevados para su aprobación definitiva.
El mencionado proyecto fue presentado a fines de abril de 2011 y perdió estado parlamentario sin ser tratado en el recinto, por lo que el legislador insistió con la iniciativa.
“Consideramos que el rol del ciudadano no se reduce a la emisión del voto, sino que debe contar con espacios de participación activa en los asuntos de gobierno: solicitando información, opinando y proponiendo sobre proyectos”, argumenta el proyecto.
Con este sistema, el Estado le confiere al ciudadano un canal y un método para proponer y participar en la elaboración de leyes, imponiendo obligaciones y conductas en los funcionarios cuyo incumplimiento podrá reclamarse.
Tiempo atrás se concebía al proceso de toma de decisiones del Estado como un sistema reservado sólo a funcionarios y técnicos especializados. No obstante, este proyecto se encuadra en los nuevos paradigmas que sostienen que la participación ciudadana en los procesos de toma de decisiones públicas y en el control de los poderes del Estado resulta por demás enriquecedor, y asegura una real respuesta a las necesidades de la población.
Lo que pretende el proyecto es institucionalizar prácticas concretas que garanticen ese modo de participación activa de la gente, como por ejemplo el sistema de Audiencias Públicas, método novedoso en la legislación comparada nacional que ya fue legislado en Catamarca. Dicho mecanismo puede ser utilizado por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que invoquen un interés simple, difuso o de incidencia colectiva, relacionado con la norma a dictarse.