El Prof. Horacio pasará a ser la profesora Blasia Gómez Reinoso
El catamarqueño Horacio Gómez Reinoso manifestó su total adhesión a la Ley aprobada anoche en el Senado de la Nación “para otorgar el derecho al reconocimiento de la identidad de género y a ser identificado de acuerdo con la vivencia interna de cada individuo”, anunciando que “voy a ser de las primeras en presentarme ante el Registro Civil, para cumplir con este trámite”.
“Ya lo tengo decidido”, le confirmó Gómez Reinoso a Catamaractual, anticipando que “mi nombre femenino será Blasia, como el de una de las mujeres que forman parte de la identidad de los primeros catamarqueños”.
Oficializando una relación de 19 años de convivencia, Horacio Gómez Reinoso, de 52 años, fue noticia cuando se casó con Julio César Cabrera, actualmente de 42 años, el 26 de noviembre de 2010, protagonizando el primer caso de matrimonio igualitario en Catamarca; acto que celebraron en una fiesta con sus seres más cercanos en esta Capital.
De esta forma, la provincia se sumó a la aplicación de la Ley 26.618 que contempla el casamiento de personas del mismo sexo.
Horacio, que en poco tiempo más será Blasia, es docente, profesor de teatro y actor vocacional; se desempeñó como funcionario municipal, y actualmente es director de escuela en el departamento Ancasti. Vive en Los Altos, departamento Santa Rosa, con su pareja César, quien es empleado del matadero municipal local.
“Mis compañeros de trabajo, mis alumnos, como antes mi familia, siempre supieron de mi condición sexual, porque siempre actué con la verdad”, afirmó Gómez Reinosos, y “por eso estoy feliz con poder dar este nuevo paso en busca de mi definitiva identidad”.
“Hoy, cuando comenté esto con mis alumnos, estuvieron todos muy contentos, y mi hija se alegró muchísimo porque por fin voy a poder usar vestidos y polleras como cualquier mujer, sin tener que esconderme”, añadió, remarcando que “quienes me frecuentan, ya me llaman ‘Bla’, el apócope de Blasia, un nombre que me gustó desde cuando lo leí en una revista donde se referían a la genealogía catamarqueña”.
El proyecto aprobado anoche en el Senado, con 55 votos a favor y una abstención, determina por "identidad de género" a la "vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento de nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo".
"Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido”, de precisa en la nueva legislación.
También incluye otras expresiones de género, “como la vestimenta, el modo de hablar y los modales", según se establece el Art, 2do. de la iniciativa.
“Toda persona podrá solicitar la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre de pila e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida”, se puntualiza en la norma. En ese sentido, toda persona que solicite la rectificación registral del sexo debe ser mayor de 18 años y presentarse ante el Registro Nacional de la Personas para modificar sus datos, salvo el número del documento original.
La rectificación registral no alterará la titularidad de los derechos y obligaciones jurídicas que pudieran corresponder a la persona con anterioridad a la inscripción del cambio registral, ni las provenientes de las relaciones propias del derecho de familia que se mantendrán inmodificables. Además, los efectores del sistema de salud deberán garantizar los derechos que esta ley reconoce, al tiempo que todas las prestaciones de salud contempladas en la Ley quedan incluidas en el Plan Médico Obligatorio.