Promueven la creación de un Sistema de Protección al Paciente Oncológico Infantil

Durante la primera sesión ordinaria de la Cámara de Senadores tomó estado parlamentario el proyecto de Ley que persigue promover la creación del Sistema intersectorial e interdisciplinario para la atención de los tratamientos de cáncer infanto juvenil, el cual sería aplicable a todos los casos detectados de pacientes oncológicos infantiles.

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La iniciativa del senador por el departamento Tinogasta Bernardo Quintar señala en su articulado que dicho Sistema "incluirá Diagnósticos y Métodos complementarios de Diagnóstico, Prestaciones Oncológicas,  Clínico, Pediátricas, Nutricionales, Psicológicos; Cuidados Paliativos y Asistencia de Enfermería Especializada”.

En el caso de convertirse en Ley, serán beneficiarios del Sistema de Protección, todas las personas menores de dieciocho años de edad  como aquel paciente oncológico que hubiera cumplido los dieciocho y se encuentre en tratamiento, hasta la finalización del mismo.

De igual manera, estarían contemplados los niños y adolescentes que acrediten no poseer beneficios sociales y demuestren su carencia de recursos para afrontar los gastos derivados de su enfermedad, considerando que la reglamentación determinará los requisitos a los fines de acreditar la insuficiencia de recursos.

El sistema "tiene como fin garantizar el tratamiento de los niños y adolescentes con enfermedades oncológicas, propendiendo al mejoramiento de la salud y la calidad de vida de los enfermos y su grupo familiar conviviente a través de la elaboración de políticas, programas y servicios de salud, de prevención primaria, secundaria y terciaria”, señala otro de los artículos del proyecto.

Entre algunas medidas, estarían cubiertos  el 100% de los gastos de: internación sin límite de tiempo; los medicamentos suministrados durante la internación al igual que los ambulatorios; los exámenes pre y post quirúrgicos; las cirugías que requieran por enfermedad de base como la colocación y de catéteres y agujas; los materiales descartables utilizados durante la internación al igual que los ambulatorios, la cual se reglamentará y se actualizará anualmente.

Observando que sería autoridad de aplicación el Ministerio de Salud Pública de la provincia, advierte que los gastos que demande el cumplimiento de dicha ley, "serán atendidos con las partidas que a tal efecto destine en forma anual el Presupuesto General de Gastos y Recursos para los organismos comprometidos en su ejecución y por los presupuestos de cada jurisdicción”.

En el caso que el tratamiento oncológico se realice fuera de la provincia, el Programa prevé cubrir el total de gastos de estadía del paciente oncológico y su acompañante durante el tiempo de tratamiento; en  tanto que la reglamentación determinará la cobertura de los montos y las distancias.

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