Proponen la detección temprana de la Retinoblastoma
El diputado provincial GuillermoEduardo Andrada presentó un proyecto de ley mediante el cual propone el diagnóstico temprano de la enfermedad tumoral denominada Retinoblastoma, a niños al momento de su nacimiento. Los controles oftalmológicos se realizarán cada seis meses y antes de cumplir los dos años de vida, con la finalidad de proceder a la detección precoz, posterior tratamiento y seguimiento del retinoblastoma.
Andrada explicó en los fundamentos del proyecto, que la retinoblastoma \"es el tumor ocular de células malignas más frecuente dentro de los 5 años de edad y su detección precoz da la posibilidad de que si es diagnosticado y tratado a tiempo presenta altos índices de cura. Se debe resaltar que cerca del 90% de los casos ocurren esporádicamente sin historia familiar de la enfermedad, y que solo el 10% restante ocurren en niños/as con historia familiar de la enfermedad\".
Según el legislador, \"su diagnostico inicial es clínico, ya que a través de un fondo de ojo bajo dilatación puede llegar a ser descubierto. Este estudio no es de alto costo puede ser realizado en centros de baja complejidad sanitaria y de ser realizados en todos estos niños nos podría dejar altos beneficios en cuanto a la detección temprana de esta enfermedad incluso salvando vidas\".
\"Que si bien, el artículo 1° de la Ley N° 26279 (ley nacional a la que la Provincia adhirió por medio de la Ley N° 5.307) dispone: \"A todo niño/a al nacer en la Repúbli-ca Argentina se le practicarán las determinaciones y posterior tratamiento de fenil-cetonuria, hipotiroidismo neonatal, fibrosis quística, galactocemia, hiperplasia su-prarenal congénita, deficiencia de biotidinasa, retinopatía del prematuro\". Que sin perjuicio de que se encuentra establecido por ley nacional el examen de retina en un recién nacido en condiciones prematuras, no se ha previsto una evaluación oftalmológica en niños nacidos en condiciones normales (embarazo a término). Por lo que resulta conducente establezcer en forma obligatoria que los niños recién nacidos en la provincia, sean sometidos a una evaluación oftalmológica para descartar la aparición de esta enfermedad y que dicha práctica médica a cargo de un medico oftalmólogo sea de cumplimiento obligatoria en todos los hospitales, CAPS y establecimientos privados en los que se atiendan partos o a recién nacidos\".
Por último, el proyecto de Andrada argumenta que \"este estudio deberá constar de forma obligatoria en la Libreta Sanitaria Infantil, que se entrega en la Dirección del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Provincia cada vez que se inscribe el nacimiento de un niño; el examen de fondo de ojo, para ser efectuado en los recién nacidos a término hasta los dos años de edad, cada seis meses\".
La autoridad de aplicación al Ministerio de Salud de la provincia, y invita a adherir a los municipios a esta norma.