Proponen reforma de la Ley de Transporte
En pos de mejorar la calidad y el control del servicio de trasporte público de pasajeros en la capital e interior provincial, el diputado Luis Andraca (Movilización) presentó un proyecto de reforma de la Ley de Transporte Público Provincial Nº 4906.
El mismo, hace hincapié en aspectos tales como los derechos de los usuarios, la incorporación de abonos y descuentos en boletos y la regulación de las sanciones para las empresas en caso de incumplimiento de la normativa, además de una ampliación de las facultades en el control de los servicios por parte de los municipios.
La iniciativa de Andraca incorpora a la letra de la ley un régimen de abonos para servicios urbanos, suburbanos e interurbanos de jurisdicción provincial, el que contempla a alumnos regulares de cada nivel educativo, docentes activos y personal de apoyo perteneciente al sistema de enseñanza pública, además de personas portadoras de VIH, bomberos voluntarios y trabajadores rurales.
Además, se prevé la incorporación de un nuevo artículo a la ley vigente que, sin lugar a discrecionalidades de la autoridad de aplicación, garantizando rebajas de un Cincuenta por Ciento en las tarifas regulares para estudiantes, jubilados y portadores de VIH (respetando el principio de resguardo de datos para impedir posible trato discriminatorio) y del Veinte por Ciento a docentes, bomberos voluntarios, obreros y trabajadores rurales.
Los usuarios deberán renovar su abono periódicamente ante la autoridad de aplicación, certificando fehacientemente la condición que les otorga el derecho al beneficio.
Por otra parte, el proyecto defiende el derecho de los usuarios a contar con información sistemática y accesible sobre el servicio de transporte de pasajeros, por lo que obliga a las empresas a poner a disposición de los usuarios un libro de quejas y planillas de horarios en cada una de las unidades, y establece la instalación de carteles en las paradas de ómnibus, detallando los números de líneas con los respectivos horarios en que pasan por esa parada -permitiendo calcular los tiempos de espera- y precios de los boletos según las distancias.
También se establece un procedimiento para que los usuarios puedan viabilizar reclamos ante la autoridad de aplicación por deficiencias en la prestación de los servicios por parte de las empresas concesionarias, indicando plazos no mayores a dos meses para garantizar celeridad en la resolución de los mismos.
Por otra parte, se incorpora un sistema de sanciones y penalidades para las empresas por faltas en el servicio, aclarando que, si bien la Ley en vigencia prevé multas por incumplimiento de sus disposiciones, existe un vacío en cuando a la determinación de los montos. Por ello, se fija el valor de un litro de nafta súper como unidad de medida para fijar los montos de las multas.
Entre sus argumentos, el proyecto expresa que las políticas referidas al sistema de transporte público de pasajeros deben tender a coordinar y combinar los servicios de jurisdicción nacional, provincial y comunal para asegurar la eficiencia, continuidad y economía. Por ello, reconoce la competencia de los municipios en la materia permitiéndoles ejercer controles y aplicar normas municipales de policía circulatoria, previo acuerdo con la provincia y siempre que se garantice el cumplimiento de los recorridos, el costo y duración del transporte.