Dos proyectos del senador Vera fueron convertidos en ley
El Ejecutivo Provincial, mediante Decreto N°982, promulgó la Ley Nº5514 por la que se declara Patrimonio histórico, cultural, paisajístico y turístico de Catamarca, al tramo identificado como “Camino Real”.
La iniciativa publicada en el Boletín Oficial N°78 que fuera presentada el año pasado por
el senador representante del departamento Fray Mamerto Esquiú Oscar Vera, tuvo
su sanción definitiva el 9 de agosto último.
De acuerdo con lo establecido por la normativa provincial,
el "Camino Real” comprende desde la localidad de La Falda de San Antonio,
pasando por el Hospicio y Falda de los Maza en el distrito de San José de
Piedra Blanca, departamento Fray Mamerto Esquiú, continuando por la Cuesta del
Cura o de La Bajada hasta la localidad homónima en el departamento Paclín.
La Ley indica que el Poder Ejecutivo "procederá a adoptar
las medidas tendientes a cumplimentar con las prescripciones de la Ley N° 4831,
de "Preservación del Patrimonio Cultural e Histórico de la Provincia”.
Mientras que Vialidad Provincial y la
Municipalidad de Fray Mamerto Esquiú, se encargarán de la conservación,
mantenimiento y señalización del "Antiguo Camino Real”.
Por su parte, la Secretaría de Turismo, procederá a instalar
o construir un Mirador Turístico en la cumbre del Gracián, lugar que atraviesa
la Cuesta del Cura o de La Bajada; difundiendo asimismo las bondades de tan
trascendental tramo.
Iglesia de San Antonio
Por otra parte y con el Decreto N°983, el Ejecutivo dejó
promulgada la Ley Provincial Nº 5515 declarando Monumento Histórico de la
provincia a la Iglesia de San Antonio de Padua, ubicada en el distrito de San
Antonio, departamento Fray Mamerto Esquiú. Dicha iniciativa corresponde también
a un proyecto al senador Oscar Vera.
El senador Vera, indicó en los argumentos del proyecto que
"Fray Mamerto Esquiú, al igual que otros departamentos de la provincia de
Catamarca, se caracteriza por poseer un rico patrimonio cultural. Ello esta
evidenciado en un sin fin de obras arquitectónicas, siendo la arquitectura
edilicia de las iglesias las que tienen una gran relevancia.”.
"En cada localidad del departamento se encuentran
antiquísimos templos destinados al culto religioso. Ello tiene su sentido, toda
vez que desde siempre los habitantes de este sector de "Las Chacras"
se caracterizaron por profesar el culto católico. Por tal razón, cada iglesia
venera a su Santo Patrono en cada localidad. En el caso del distrito de
SanAntonio se venera a San Antonio de Padua, de allí que la localidad adquiere
el nombre por su Santo Patrono”.
"Esta iglesia de la localidad, que se propicia sea declarada
Monumento Histórico Provincial, comprende el ramillete de templos que conforman
el circuito turístico, o de visitas, denominado Torres y Campanas", dijo
el senador.
Además, en los fundamentos se "señala como fecha de
fundación al 9 de mayo de 1845, por cuanto las campanas existentes en su
campanario tienen impresa esta fecha. Las dos campanas existentes en el
campanario, según la tradición, fueron habilitadas junto con la iglesia. De
allí se infiere que su fundación es la fecha inserta en las campanas”.