Restricción de venta de bebidas alcohólicas en El Rodeo
La medida rige en el marco por los festejos del Día del Estudiante en la villa veraniega El Rodeo.
El Rodeo (Ambato); 15 de septiembre de 2021.-
VISTO:
El Programa confeccionado para celebrar “EL DIA DEL ESTUDIANTE 2021”, en nuestra localidad, con motivo del advenimiento de la primavera; Y
CONSIDERANDO:
Que, es una obligación de la Municipalidad Regular el Orden, Moral, y Buenas Costumbres durante los festejos del “Día del Estudiante”, festejo el cual resulta ser una tradición de esta Villa Turística.
Que, en ejercicio del Poder de Policía que le compete a este Municipio, se hace imperioso adoptar medidas de prevención y seguridad, a fin de evitar cualquier daño no solo al espacio público sino también a la propiedad privada, reiterando no como medio de represión sino en resguardo de los derechos e integridad física de todos.
Que, se debe disponer de todas las medidas y mecanismos necesarios para asegurar y proteger a la comunidad permanente y transitoria de actos que afecten o pongan en serio riesgo su integridad física, tranquilidad y bienestar, requiriendo el uso de la fuerza pública en caso de ser necesario, para dar cumplimiento al objetivo planteado.
Que, este Ejecutivo Municipal se encuentra facultado a tomar medidas respecto del ejercicio del poder de policía en lo que refiere a seguridad, salubridad, higiene, moralidad pública y/o requerir el uso de la fuerza pública para casos necesarios.
Que, el presente instrumento legal se dicta un uso de las facultades conferidas por el Art. 32 inc. 15 y 17; Art. 43 inc. 8 y 11, subsiguientes y concordantes de la Ley Nº 4640 y sus modificatorias.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EL RODEO
D E C R E T A
ARTICULO 1°.- Queda totalmente prohibido la venta de bebidas alcohólicas a personas de ambos sexos, mayores o menores de 18 años, en los locales comerciales, en la vía pública, mediante modalidad de delivery y otros en la jurisdicción entre las 22 y las 6 horas del día siguiente.
La infracción a este Artículo hará susceptible al infractor de la clausura inmediata del local comercial en caso de corresponder y pasible de multa establecida en la suma de pesos setenta y cinco mil con 00/100 para la primer inflacción al presente Decreto y la suma de pesos ciento cincuenta mil con 00/100 para los reincidentes.
ARTICULO 2°. – Queda prohibido el transporte de bebidas alcohólicas en vehículos particulares o cualquier otro tipo que no tenga fines de distribución acreditando ante el control policial pertinente y de manera fehacientemente: razón social, destino, Constancia de Inscripción en AFIP y Cédula Fiscal de DGR-ARCA con las actividades de venta de bebidas correspondientes.
ARTICULO 3º.- Que, se recuerda que está en plena vigencia la Ley Nacional N° 24.788, referente a la prohibición de venta de bebidas alcohólicas a menores de 18 años, durante todo el año.
ARTICULO 4°. - Prohibir en toda la jurisdicción de la Municipalidad de El Rodeo - la circulación de menores al volante en autos, motos y cuatriciclos, y de toda otra persona que no tenga la Licencia de Conducir habilitada.
ARTICULO 5°. - La presente Disposición tendrá vigencia a partir de las 00:00 hs. del día 16 de septiembre de 2.021 hasta las 23:59 hs. del día 21 de septiembre del corriente año.
ARTICULO 6°. - A los fines de hacer cumplir lo estipulado en el presente Decreto, se informará la vigencia del mismo a las autoridades Policiales, Juzgado de Paz, Centro de Atención Primaria de Salud de El Rodeo, locales comerciales y otros de la jurisdicción.
ARTICULO 7°. - Tomen conocimiento a sus efectos: Secretaría General y de Hacienda del Municipio.
ARTICULO 8°.- Comuníquese, deseé al Registro Municipal y ARCHIVASE.-
DECRETO M.E.R. Nº 140/21
Firmado:
Armando José Seco Santamarina – Intendente Municipal CPN Braian Martín Lascano – Secretario de Hacienda Municipal.