Rige la prohibición del préstamo de carnet
La Obra Social de los Empleados Públicos (OSEP) informa a afiliados y médicos que está prohibido el préstamo del carnet, como así también la atención a pacientes que no posean la cobertura de salud.
INFORMACION-GENERAL
- Afiliados: El préstamo de su credencial representa un FRAUDE a la Obra Social. Y en el caso de comprobarse dicha acción con su carnet, se podrá hacer lugar a la SUSPENSIÓN de la afiliación. Además de una DENUNCIA PENAL.
- Médicos prestadores: La atención de un paciente no titular/hijo o adherente de la OSEP constituye una IRREGULARIDAD. Asimismo, se podrá proceder a la SUSPENSIÓN DEL PRESTADOR por un plazo de hasta 30 días.