Salud Municipal adhiere a la Ley Provincial 4.710
INFORMACION-GENERAL
La Municipalidad de SFVC, informa a los vecinos de la ciudad que la Secretaría de Salud y Bienestar Social, adhiere a la Ley Provincial N° 4.710/92 en todas sus partes y al anexo normativo Decreto N° 70 del mismo, en el marco de la ordenanza municipal N°4764/10.
El mencionado Decreto, establece que la "Dirección Provincial de Educación tomará providencias necesarias para que la Libreta Sanitaria sea exigida a todos los padres, tutores o encargados en el instante de inscripción de los niños a su ingreso al jardín de infantes y ciclo escolar primario y secundario.
"Los controles médicos y especiales requeridos en la Libreta Sanitaria, pueden ser efectuados por instituciones públicas o privadas como hospitales, sanidad municipal y postas sanitarias. Todos tienen la misma validez ante las autoridades de los establecimientos educativos”, comentó Guadalupe Toloza, secretaria de Salud y Bienestar Social de SFVC.
La Libreta Sanitaria, es el único documento necesario para certificar el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de vacunación, controles médicos, de buena salud y exámenes (oftalmológicos, otorrinolaringológico, fonaudiológico y odontológico). No es necesaria la entrega de certificados particulares de los mencionados especialistas.