En Servicios Públicos no tienen luces
Contrariamente a lo que cualquiera podría imaginarse, los funcionarios del Ministerio de Servicios Públicos no se destacan por sus luces, más bien todo lo contrario; sino, vea lo que declaró el subsecretario de Energía.
Como se sabe ya, con buen criterio, la EC SAPEM emprendió una campaña para ampliar el número de usuarios que se benefician actualmente con la Tarifa Social. Más allá de lo que se diga, la medida apunta a normalizar muchas de las conexiones clandestinas existentes en diferentes zonas, para evitar los consecuentes peligros que estas generan, aunque es cierto también que la ampliación del padrón de beneficiarios de tarifa social trae aparejados otros beneficios, por ejemplo, que por cada usuarios beneficiado por el régimen, la empresa recibe un subsidio de la secretaria de Energía de Nación.
Para referirse a la campaña iniciada por la EC SAPEM, hizo declaraciones a El Ancasti, el subsecretario de Energía del Ministerio de Servicios Públicos de la provincia, Fernando Fernández, pero sus declaraciones no podían ser más pobres de contenido.
Según él, para confirmar sobre lo que muchos sospechan, que sabe poco y nada de la cuestión energética, a pesar de los años que lleva en el área (viene siendo funcionario desde las gestiones del Frente Cívico), “el techo para conceder el beneficio es que el consumo no supere los 300 kw/h por bimestre, pero si se supera, el beneficiario pierde automáticamente la posibilidad de pagar la TIS (Tarifa de Interés Social). Así se expresa en la letra del decreto citado (338/08)”.
Pero por increíble que parezca, el texto del decreto 330/08 al que hace referencia Fernández, en ninguna parte dice que el beneficio se pierde cuando el usuario consume más de los 300 Kw/h.
El Decreto que instauró el beneficio cita entre las causales de exclusión a los usuarios que habiendo obtenido el beneficio: tengan un segundo servicio eléctrico con otro número de medidor, o comprobarle que posee comodidades que no fueron debidamente denunciadas, o truculencias similares, pero en ninguna parte el decreto 338/08 habla de que el beneficio se cae cuando el usuario supera los 300 KW de consumo.
Es más, el Decreto establece con claridad que una vez superados los 300 Kw/h de consumo bimestral, el excedente de ese tope, el usuario debe pagarlos al costo establecido por el cuadro tarifario vigente, es decir, sin subsidio alguno.