Solicitan declarar de Interés Legislativo la Primera Jornada de Niñez y Adolescencia

En la última sesión ordinaria de la Cámara de Senadores, ingreso un proyecto del senador Héctor Fernández, que solicita declarar de “Interés Legislativo, la lº Jornada de Niñez y Adolescencia “Una misma Mirada. Un mismo Lenguaje”, a realizarse en nuestra Ciudad el 14 de octubre del corriente año”.

POLITICA

El senador Fernández indico que se trata de "una capacitación para periodistas, equipos de prensa, operadores del Sistema Judicial, docentes, médicos y demás profesionales vinculados, preocupados y ocupados en la temática de niñez y adolescencia, que se llevara a cabo por la mañana, en Hotel Ancasti y por la tarde, en el Complejo Urbano Girardi, con la disertación de profesionales del ámbito local y representantes de UNICEF”.

"Con la idea de aunar criterios y de lograr una misma mirada entre la Justicia y los Medios de Comunicación y hablar un mismo lenguaje al momento de abordar todas las temáticas relacionadas con niños, niñas y adolescentes, desde la Corte de Justicia de Catamarca, a través de la Escuela de Capacitación Judicial, UNICEF y de Multimedios Ancasti se impulsa ésta jornada sobre "Una misma mirada, un mismo lenguaje". Donde el objetivo principal es brindar a la comunidad en general y a los operadores del sistema en particular, los conocimientos y herramientas básicas que permiten afrontar esta realidad, que está vinculada, en muchas ocasiones, a una serie de vulnerabilidades sociales, través de la visualización de las buenas prácticas y los instrumentos legales con los que se deben manejar los distintos actores del sistema, cada uno desde su rol en la sociedad”, explico el senador.

De este modo, funcionarios del Poder Judicial de Catamarca y periodistas especializados brindarán conocimientos técnicos y herramientas para lograr el mejor enfoque al momento de trabajar con chicos y chicas. Dadas las distintas corrientes que se vinculan -Poder Judicial y Medios de Comunicación- para lograr una misma mirada y un mismo código y la importancia de la protección de derechos de este grupo social vulnerable, se propone efectuar una jornada con dos actividades distintas, en escenarios y horarios diferentes, a efectos de dar una amplia cobertura en la capacitación.

Otro aspecto que resalto Fernández, es que "con la concreción de este Taller, se pretende dar cumplimiento al Artículo 17º de la  Convención de los Derechos del Niño, que establece, entre otras cuestiones, que los Estados Partes reconocen la importante función que desempeñan los medios de comunicación y velarán por que el niño tenga acceso a información y material procedentes de diversas fuentes nacionales e internacionales, en especial la información y el material que tengan por finalidad promover su bienestar social, espiritual y moral y su salud física y mental. Con tal objeto, los Estados Partes alentarán a los medios de comunicación a difundir información y materiales de interés social y cultural para el niño, de conformidad con el espíritu del artículo y promoverán la cooperación internacional en la producción, el intercambio y la difusión de esa información y esos materiales procedentes de diversas fuentes culturales, nacionales e internacionales”.

"En cuanto a la normativa Nacional, la Ley 26.061 de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes indica, en el Artículo 4, que las políticas públicas de la niñez y adolescencia se elaborarán de acuerdo con determinadas pautas. Una de ellas estipula la gestión asociada de los organismos de gobierno en sus distintos niveles en coordinación con la sociedad civil, con capacitación y fiscalización permanente y la promoción de redes intersectoriales locales y propiciar la constitución de organizaciones y organismos para la defensa y protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes”.

En tanto que la Ley Provincial 5.357 de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes, en el Artículo 6, estable que la comunidad, por motivos de solidaridad y en ejercicio de la democracia participativa, debe y tiene derecho a ser parte activa en el logro de la vigencia plena y efectiva de los derechos y garantías de las niñas, niños y adolescentes.

"También, en el Artículo 89, indica que las organizaciones no gubernamentales deben cumplir con los derechos y garantías reconocidos en la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño, Tratados Internacionales sobre los de Derechos Humanos en los que la República Argentina sea parte, y observar los siguientes principios y obligaciones, como ser: respetar y preservar la identidad de las niñas, niños y adolescentes y ofrecerles un ambiente de respeto, dignidad y no discriminación; respetar y preservar los vínculos familiares o de crianza de las niñas, niños y adolescentes y velar por su permanencia en el seno familiar; no limitar ningún derecho que no haya sido limitado por una decisión judicial; garantizar el derecho de las niñas, niños y adolescentes a ser oídos y a que su opinión sea tenida en cuenta en todos los asuntos que les conciernan como sujetos de derechos; mantener constantemente informado a la niña, niño o adolescente sobre su situación legal, en caso de que exista alguna causa judicial donde se pueda tomar una decisión que afecte sus intereses, y notificarle, en forma personal y a través de su representante legal, toda novedad que se produzca en forma comprensible cada vez que la niña, el niño o el adolescente lo requiera”, concluyo el senador Héctor Fernández.

 

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