Tenencia y comercialización de animales silvestres

La Secretaría del Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Catamarca, a través de su Dirección Provincial de Biodiversidad informa a toda la población que se encuentra prohibida la tenencia y comercialización de cotorras argentinas (Myopsitta monachus), sin autorización por parte de la autoridad de aplicación, según D.P.B 001 basada en la ley provincial de fauna silvestre 4855.  

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INFORMACION-GENERAL

Asimismo, se prohíbe la tenencia y comercialización del  loro hablador (Amazona aestiva), animal considerado especie protegida vulnerable, excepto aquellos ejemplares que tengan documentación de venta legal. Y de las tortugas terrestres  (Chelonoides chilensis) las cuales se considera especie protegida amenazada.

Por otra parte, aquellos comercios interesados en la comercialización de cotorras argentinas deberán presentarse en las oficinas de la Dirección Provincial de Biodiversidad, dependiente de la Secretaría de Estado del Ambiente, pabellón N°8 del C.A.P.E. (ex Regimiento), de 8 a 13 hs. donde podrán obtener un permiso habilitante cumplimentando una serie de requisitos impuestos por dicha Secretaría.

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