Una riojana deberá pagar $30 millones por insultar a su ex en redes
Un fallo judicial en La Rioja, sacudió el debate sobre el uso de las redes sociales y los límites de la libertad de expresión.
Tras seis años de conflicto, una mujer fue condenada a indemnizar a su expareja con una suma que, actualizada por intereses, ronda los 30 millones de pesos por difamación reiterada en plataformas digitales.
La sentencia, dictada por la Justicia civil, no solo impacta por el monto económico, sino también por una medida poco habitual: la acusada deberá publicar el fallo en las mismas redes sociales donde durante años difundió agravios contra la víctima, con expresiones ofensivas como “cornudo” y otros insultos.
Cómo comenzó el conflicto
El caso se originó en 2019, tras la ruptura de la pareja. Según consta en el expediente, la mujer inició una serie de publicaciones agraviantes desde sus cuentas personales y también mediante perfiles falsos, con el objetivo de desacreditar públicamente a su expareja.
Con el paso del tiempo, las publicaciones generaron un fuerte impacto en la vida personal, social y laboral del denunciante, quien decidió iniciar acciones legales por daños al honor.
Uno de los aspectos clave del fallo fue la posibilidad de atribuir los mensajes a la acusada, pese al uso de perfiles falsos. La Justicia consideró coincidencias en el lenguaje, detalles íntimos y el tipo de acusaciones como elementos suficientes para determinar la autoría.
Además, el expediente incluyó un agravante: la mujer había presentado una denuncia por violencia de género que posteriormente fue desestimada al comprobarse que era falsa, lo que fortaleció la posición del demandante en el proceso.
De $4 millones a una cifra millonaria
En una primera instancia, la indemnización fue fijada en 4 millones de pesos. Sin embargo, los intereses acumulados durante los seis años que duró el litigio elevaron el monto final a cerca de 30 millones.
El fallo también establece que, en caso de incumplimiento del pago, se habilitará un juicio ejecutivo que podría derivar en el embargo de bienes y activos de la condenada.
La resolución judicial marca un precedente relevante en materia de responsabilidad por contenidos en redes sociales. Refuerza la idea de que el entorno digital no es un espacio sin consecuencias legales y que los ataques al honor pueden tener sanciones económicas severas.
El caso reabre el debate sobre los límites entre la libertad de expresión y la difamación, en un contexto donde las redes sociales amplifican los conflictos personales y sus efectos.