El fallo fue el siguiente: Morales y Chayle fueron sentenciados a un año y seis meses de prisión en suspenso; y Ramos condenado a año y siete meses de prisión efectiva.
La sentencia coincidió totalmente con el pedido del fiscal de cámara Gustavo Bergesio, quien además de las mismas penas, solicitó el cambio de carátula, es decir, pasar de abigeato agravado con el que llegaron a juicio, a hurto simple.
Por su parte, la defensa de Chayle solicitó que el mismo sea condenado por el delito de hurto simple y con la pena mínima. Además, pidió que, en caso de ser sentenciado, se considere cumplida la misma, debido al tiempo que Chayle llevaba detenido. Esto fue concedido, y el condenado quedó en libertad.
La defensa de Morales y Ramos, en tanto, adhirió al pedido del fiscal.