TINOGASTA DEBERá JUGAR CON ATENAS (SJ)

Sin sorpresas, el Consejo Federal ascendió a Peñarol

Sin sorpresas, el Tribunal de Disciplina Interior del Consejo Federal, y ante lo que interpretó como “duda razonable”, dio “por terminado el partido que disputaban el Club Argentino Peñarol de Córdoba y Tinogasta Central de Catamarca”, con el resultado 2 a 2, que determinó el ascenso al Argentino B del equipo cordobés. Por su parte Tinogasta tendrá una nueva chance, disputando otra final ante Atenas de Pocito, desde este domingo en San Juan.  

viernes, 26 de abril de 2013 00:00
viernes, 26 de abril de 2013 00:00

En esta ocasión, para el TDI, el hecho de que  “la parcialidad visitante (los cordobeses) rompiera la tela olímpica e ingresara al terreno de juego”, como informara el árbitro tucumano Hernán Salado Paz, y que fue determinante para que se suspendiera encuentro, no tuvo mayor significación, y como al cabo de analizar los antecedentes aportados seguía “con duda” prefirió dejar el resultado como estaba, favoreciendo así a Peñarol con el ascenso.

El que sigue es el texto completo del fallo

Expediente nº 2082/13 – Torneo del Interior 2013, Partido del 21/04/13 – Tinogasta Central (Catamarca) vs. Argentino Peñarol (Córdoba).

AUTOS y VISTOS:

Para resolver la presente causa iniciada a raíz de la denuncia efectuada por

el árbitro del partido al presentar su informe circunstanciado del partido (art. 2

del R.T.P.), del que resulta y

CONSIDERANDO:

1°) El árbitro informó que: “…A los 76` de juego aproximadamente, interrumpió

el partido debido a que hinchas de la parcialidad visitante rompieron la tela

olímpica e ingresaron al terreno de juego. Gracias a la intervención policial,

que reforzó la zona haciendo un cordón y dando las garantÍas para poder

continuar, y a los jugadores visitantes, que calmaron a su gente, los mismos

retomaron su lugar en las tribunas. El partido estuvo interrumpido por un

lapso de 9 minutos aproximadamente. En el momento de la reanudación de

juego observé que el jugador Nº 16 del Club Tinogasta Central, Chaile

Domingo José, Nº DNI. 34160448, escupió en el rostro a un adversario,

motivo por el cual lo expulsé. Cumplidos los 90’ de juego y debido a la

interrupción antes mencionada decidí adicionar 13 minutos. Cuando se

iban jugando 4 minutos de adición, luego de sancionar una infracción

favorable al equipo visitante, ingresaron nuevamente parciales visitantes

invadiendo en su totalidad el terreno de juego despojando la vestimenta de

los jugadores del Club Argentino Peñarol. Siendo imposible continuar con el

desarrollo normal del juego, suspendí el partido. En esos momentos ambas

parcialidades comenzaron a tirarse con piedras interviniendo la policía

expulsó del estadio a los exaltados hinchas. Por seguridad y recomendación

policial estuvimos en el terreno de juego, tanto la terna arbitral como ambos

equipos, durante 40` aproximadamente, hasta que se calmo el clima. Cabe

acotar que faltaban jugarse 9` minutos de lo adicional y el marcador se

encontraba igualado en 2 (dos) tantos contra 2 (dos)…” (sic).-

2°) El Tribunal dio traslado a ambas instituciones para que efectuaran su

descargo.

Se presentó el Club Tinogasta Central manifestando que son totalmente

ajenos a lo ocurrido.

El Club Peñarol de Córdoba se presentó manifestando que coincidían con lo

informado por el árbitro respecto pero la motivación no era obtener ventaja

deportiva.

Luego habiendo transcurrido 4 minutos de los adicionados y estando el

resultado igualado se confunde una infracción que marco el árbitro en el

centro del campo de juego con la finalización del partido y los simpatizantes

volvieron a invadir la cancha para festejar y tratar de conseguir alguna prenda

como recuerdo.

3°) El argumento que se invadió para festejar, o para llevar de recuerdo

alguna prenda deportiva que alega el club genera duda en el Tribunal en

cuanto que el club hubiera obtenido o buscado obtener una ventaja deportiva

en el accionar.-

Con los elementos colectados hasta el presente y no pudiendo pronunciarse

el Tribunal si de las constancias del legajo emerge una duda razonable (art.

39 del R.T.P.) se dará por finalizado el partido con el resultado consignado en

planilla.

RESUELVE:

1°) DAR POR TERMINADO EL PARTIDO QUE DISPUTABAN EL CLUB

ARGENTINO PEÑAROL DE CÓRDOBA, y TINOGASTA CENTRAL (ART.

32, 39 DEL R.T.P.).-

2°) NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE.

 

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