La resolución
VISTO: La denuncia presentada por el Club San Luis (Liga Belenista) en referencia a la participación del Club A. Policial en el torneo provincial 2014 de futbol femenino que organiza la Federación Catamarqueña de Fútbol, y
CONSIDERANDO: Que en su presentación el Club San Luis denuncia una serie de irregularidades cometidas por el Club A. Policial (Liga Tinogasteña), en el encuentro que por la 1ra. Fecha del certamen ambos equipos disputaron el 06-09-14 en cancha de San Luis de la Ciudad de Belén: a) Presento una lista de buena fe totalmente distinta a la presentada a las autoridades de la Federación. b) En la lista entregada al Club San Luis, figuran 40 jugadoras (29 escritas en forma manuscrita y 11 en forma mecánica) sin cuerpo técnico, manifestando que el reglamento del certamen establece que no deben ser más de veinticinco jugadoras y hasta cinco integrantes del cuerpo técnico. c) Que la misma con nombre del Club Policial, no tiene membrete de la Liga que representa, pero si de una denominada "Liga Mayor de Futbol Femenino de Catamarca”, totalmente desconocida en el Futbol Federado, asimismo que no está rubricada ni sellada por autoridades de la Liga Tinogasteña. d) Que además el Club Policial registró e hizo firmar la planilla de juego a la jugadora N° 11 (Ignes Analia), cuando es otra la que juega (Zurita Cecilia), según informa el árbitro en la planilla de juego, e) Que el partido previsto que comience a hs. 11,00, comenzó a hs. 12,00 por ausencia del Club Policial, explayándose en que el Club Policial no está en condiciones de representar a una Liga Federada. Como prueba remite copia de Lista de Buena Fe recibida, planilla de juego del día 06-09-14.
Que en vista a esta presentación, el tribunal corrió vista a la Federación a fines que remita, toda documentación referente a la participación del Club Policial en el Torneo Pcial. de Futbol Femenino, y documentación enviada por la Liga Tinogasteña de Futbol, referente a la participación de los clubes que representan en el torneo a esa Liga. Recibiendo este Tribunal: 1) Copia de Lista de Buena Fe entregada por el Club Policial, con membrete de Liga Mayor de Futbol Femenino de Catamarca, integrada por 31 Jugadoras, firmada y sellada por Presidente y Secretario del Club Policial, sin rubrica ni sellos de autoridades de la Liga Tinogasteña. 2) Copia de nota de la Liga Tinogasteña donde se comunica que los representantes de la Liga en el Torneo Pcial. Femenino son S.D. Progreso y Atlético Policial. 3) Copia de Lista de Buena Fe del Club S.D. Progreso, firmada y sellada por autoridades del Club y rubricada por las autoridades de la Liga. -Asimismo se solicitó descargo a la Liga Tinogasteña sobre las anomalías denunciadas por el Club San Luis y que remita en el término de 48 horas documentación sobre la participación en esa Liga del Club A. Policial de la Ciudad Capital. Contestando dicha Liga, -Que el Club Policial esta adherido a la Liga Tinogasteña en su Dpto. de Futbol Femenino, creado e inscripto en el Consejo Federal. -Que el partido comenzó más tarde por desperfectos mecánicos del vehículo que trasladaba al club Policial. –Que el Dpto. de Futbol Femenino de la Liga fue reconocido por el Consejo Federal, y que el Club Policial fue el campeón de un campeonato provincial que se jugó en la provincia de Catamarca, no remitiendo ninguna documentación solicitada por este Tribunal, y que avale lo expresado por la Liga.
También se remitió nota a la Liga Catamarqueña de Futbol, solicitando se sirva informar, si autorizo a participar de torneo de futbol femenino de otra liga a su afiliado Club Policial, o si la Liga Catamarqueaña adhirió al futbol femenino de la Liga Tinogasteña, contestando dicha liga que en ningún momento autorizo al Club Policial a jugar en torneo de futbol femenino de la Liga Tinogasteña, ni adhirió al futbol femenino de esa Liga.
Que de acuerdo a la información solicitada y documentación colectada, este tribunal entiende que la Liga Tinogasteña, al incluir al club Policial, afiliado a la Liga Catamarqueña de Futbol, como su representante ante el torneo provincial de futbol femenino 2014, incurre en flagrante violación a lo dispuesto en el Art. 6° del Reglamento del Consejo Federal, por lo que se debe corregir la anomalía, sino los Clubes Federados participantes del Torneo incurrirían en la prohibición establecida en el Articulo 18° de dicho Reglamento, salvaguardando los principios del deporte, equidad y derecho del futbol federado, de acuerdo a lo establecido en el Art. 32° y 33° del R.T.P. Asimismo se considera que se debe amonestar a la Liga Tinogasteña de Futbol, por su Inconducta, al integrar sin presentar documentación probatoria del Consejo Federal del Futbol, a club de otra jurisdicción deportiva a certamen provincial de futbol federado, incurriendo con su falta en lo prescripto en el Art. 287° y 288° del R.T.P., debiéndose comunicar de inmediato su accionar al Consejo Federal.
Por ello, el tribunal de penas de la Federación Catamarqueña de Futbol, RESUELVE:
ARTICULO 1°: Disponer la separación del Club Atlético Policial del certamen provincial 2014 de Fútbol Femenino que organiza la Federación Catamarqueña de Futbol, como representante de la Liga Tinogasteña de Fútbol, por no cumplir su participación con lo estipulado en la reglamentación vigente (Art. 32° y 33° del R.T.P. y 6° del Reglamento del Consejo Federal del Futbol)
ARTICULO 2°: Amonestar a la Liga Tinogasteña de Fútbol, por su inconducta al integrar sin llenar los requisitos correspondientes a club de otra jurisdicción deportiva en torneo provincial de la Federación Catamarqueña de Futbol (Art. 32°, 33°, 287° punto 1° y 288° del R.T.P. y Art. 6° del Reglamento del Consejo Federal).
ARTICULO 3°: Comunicar al Consejo Federal, mediante la directiva de la Federación, sobre la actuación de la Liga Tinogasteña de Futbol, al nominar equipo de otra jurisdicción deportiva, como su representante en certamen provincial de futbol federado.
ARTICULO 4°: Comuníquese a las Ligas Belenista y Tinogasteña de Futbol, y por su conducto a los clubes San Luís y Atlético Policial, publíquese en Boletín Oficial, cumplido archívese.
RESOLUCION T.P.F.C.F.
N° 14/2.014.
Firman: Ramón Ricardo Pacheco, Jesús Manuel Orellana, Secretario General y Presidente tribunal de penas.
Es comunicación oficial de la Fed. Catamarqueña de Fútbol, dada en San Isidro, Valle Viejo, 24 de septiembre de 2.014, y rubricada por Luis G. Vera, Vice Pte. 1° a/c Presidencia de la Federación Catamarqueña de Fútbol.