Antes, la Asamblea General Ordinaria, con la misma composición, pero por la unánime voluntad de los asambleístas presentes había reelegido a Juan Carlos Sarmiento para continuar rigiendo los destinos del balompié chacarero, en el período 2019/2020.
¿Y por qué no sesionó la extraordinaria?. Porque la mayoría de los delegados consideraron “desafortunada” (los más cautos) y hasta “una amenaza” (los más alterados) a la recomendación de la Inspección General de Personas Jurídicas (IGPJ) de no tratar “la aprobación de la Resolución Nro. 003/19 del Consejo Directivo sobre el torneo Anual 2019”…“bajo pena de nulidad absoluta del acto asambleario…”, escrito en mayúsculas, como para que la advertencia oficial no pase desapercibida.
Esta circunstancia hizo que los adherentes a la “003/19” decidieran posponer la sesión, para evitar tratar un orden del día que la IGPJ pretendió manejar arbitrariamente, excluyendo este punto, que, en términos concretos, establece la posibilidad del descenso de categoría para los clubes de la “A” y la no promoción de las entidades de la “B”, que no hubieran llamado a Asamblea para normalizar su situación institucional hasta el 15 de julio último. Incluso, con un convenio entre la IGPJ y la Liga Chacarera, ratificando y respaldando el contenido de la resolución en cuestión.
Abierto el debate, los clubes afectados por los efectos de la “003/19”, particularmente Independiente de San Antonio, Coronel Daza y La Tercena, intentaban llevar adelante la Asamblea Extraordinaria como disponía la IGPJ, con la intención de “desactivar” las explosivas consecuencias de los descensos por haber incumplido el plazo para convocar sus asambleas. El tiempo se encargaría, después que pasara, sin pena ni gloria, como un mal recuerdo.
Con encendidos discursos, de un lado y del otro, blandiendo el estatuto a favor de lo que se trataba de argumentar, prevaleció el criterio mayoritario de pasar a un “cuarto intermedio por tiempo indeterminado”, y a partir de ahora tratar de convencer al director la IGPJ, Délfor Campos, acerca de la sustancial determinación de Art. Nro. 55 del estatuto de la Liga Chacarera, donde se establece que “son atribuciones y deberes del Consejo Directivo: inciso l) resolver sobre todos los asuntos que no hayan sido previstos por este estatuto ad refederdum de la honorable asamblea extraordinaria”, y no del órgano fiscalizador.
Llegado el momento de la votación, expresada en forma nominal, el resultado fue 18 a 9 en favor del “cuarto intermedio, por tiempo indeterminado”, es decir que la Resolución 003/19, siga “viva”, como antes de la recomendación de la IGPJ.
Entre los ganadores se anotaron San Martín, Defensores de Esquiú, Los Sureños, Obreros de San Isidro, Social Rojas, La Carrera y La Merced, por los clubes de la “A”, más Villa Dolores, Ateneo Mariano Moreno, Juventud Unida y La Estación, por los de la “B”.
Y en el bando perdedor quedaron Independiente de San Antonio, Coronel Daza y La Tercena, por las entidades de la “A”, a quienes se sumaron Sumalao, Las Pirquitas y Social San Antonio desde la “B”.
Vale hacer la salvedad, de que en la Asamblea, los clubes de la “A” son representados por dos delegados; mientras que los de la “B” cuentan con un solo asambleísta, para entender los guarismos que definieron el resultado a favor del “paso a cuarto intermedio, por tiempo indeterminado”. Como la conclusión de este imprevisto “culebrón”, que, seguramente, demandará nuevos y excitantes capítulos.