Este partido corresponde a la 5ta. fecha del torneo Provincial 2025.
Cabe recordar, que el aludido futbolista se había desvanecido como consecuencia de la elevada temperatura reinante, que en esa jornada registró máximos de 38°C de temperatura, con 43°C de térmica, en horas de la siesta. El encuentro en cuestión había dado inicio pasadas las 18 horas, del domingo anterio.
El fallo precisa, que este cotejo “deberá reanudarse en dos tiempos de 18 y 19 minutos, respectivamente, quedando la Federación a cargo de la reprogramación del mismo”.
Asimismo, el TP “federado” decidió “sancionar al jugador Matías Alejandro Reinoso”, de Club Sumalao, con la pena de 10 fechas “de conformidad en lo establecido en el Art. 184 del RTP, y atento al informe arbitral” del referido partido.
La aludida disposición reglamentaria, a través del Art. 184, habilita la “suspensión de diez a treinta partidos al jugador que salivare en forma deliberada, intente agredir, amenace u ofenda gravemente al árbitro, le arroje intencionalmente la pelota con las manos o pies alcanzando a golpearlo o cualquier otro ataque que se realice con menor violencia que en los casos previstos en el artículo anterior”.
La Resolución del TP, expedida con el Nro. 012/2025 lleva la firma de Iván Franco Sotomayor, presidente del Tribunal de Penas de la Federación catamarqueña de Fútbol.