El ajuste impactará tanto en los topes de ingresos de todas las categorías como en los valores del componente impositivo, los aportes jubilatorios y la obra social. El porcentaje surge de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al período julio–diciembre de 2025, tal como establece la ley de medidas fiscales aprobada en 2024, que fija dos actualizaciones anuales: enero y julio.
Nuevos límites y recategorización obligatoria
Con la actualización, el tope de facturación anual del monotributo pasará de $94.808.194 a poco más de $108 millones, límite que define quiénes pueden continuar dentro del régimen simplificado. Este valor regirá tanto para actividades de comercio como de servicios, una unificación que se implementó tras la reforma legal del año pasado.
Los nuevos montos de ingresos mínimos y máximos por categoría —que aún deben ser oficializados por ARCA— serán los que deberán considerarse para la primera recategorización de 2026. El trámite se habilitará una vez publicada la nueva tabla y podrá realizarse hasta el 5 de febrero. Los valores actualizados a pagar comenzarán a regir a partir de ese mes.
Cómo quedarán las categorías más bajas
Según estimaciones basadas en el IPC, el tope de ingresos de la categoría A se ubicará cerca de los $10,3 millones anuales, mientras que el importe mensual a pagar pasará de $37.087 a algo más de $42.300.
En la categoría B, el límite de facturación anual superará los $15 millones, y el pago mensual —que incluye impuesto y aportes— rondará los $48.200. Las cifras definitivas dependerán del redondeo final que publique ARCA en los próximos días.
Qué ocurre en la categoría más alta
En el escalón superior del régimen, correspondiente a la categoría K, el tope de ingresos anual será superior a los $108 millones. Sin embargo, se mantiene la diferencia en los importes a pagar según el tipo de actividad.
Hasta enero, los prestadores de servicios abonan $1.208.890,60 mensuales, mientras que quienes realizan actividades comerciales pagan $525.732,01. Con el ajuste, esos valores pasarán aproximadamente a $1,38 millones y $600.800, respectivamente.
El impacto final en cada contribuyente dependerá de si permanece en la misma categoría o si, tras la recategorización, debe subir o bajar de escalón.
Otras variables a tener en cuenta
Además de la facturación anual, existen otros parámetros que pueden obligar a cambiar de categoría. Entre ellos, el precio máximo por unidad vendida, que rondará los $613.400, y el monto anual de alquileres devengados vinculados a la actividad, que en la categoría más alta no podrá superar aproximadamente los $7,17 millones.
Cómo se hace el trámite
La recategorización se realiza en la página web o la app de ARCA, con clave fiscal. Para quienes llevan al menos 12 meses en el régimen, el sistema muestra de forma automática la facturación del período analizado y el nuevo límite de la categoría correspondiente, aunque el contribuyente puede modificar los datos si detecta inconsistencias.
No están obligados a recategorizarse quienes llevan menos de seis meses en el sistema ni aquellos que, aun con los nuevos valores, no deben cambiar de categoría.
Novedades para monotributistas porteños
Desde este año, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se incorporó al Monotributo Unificado, integrando el impuesto nacional con el Ingresos Brutos local para quienes están en el régimen simplificado. De este modo, los pagos y trámites se realizarán de forma unificada a través de ARCA.
Como medida transitoria, en enero se abonará en un solo vencimiento lo correspondiente a noviembre y diciembre de 2025, junto con el importe de enero. A partir de ahora, todas las gestiones —altas, bajas, recategorizaciones y pagos— se concentrarán en un único sistema.
Con esta incorporación, CABA se suma a otras provincias que ya operan bajo el esquema unificado, como Buenos Aires, Córdoba, Mendoza, Santa Fe, Catamarca y Tierra del Fuego, entre otras.