El organismo aclaró que las prestatarias no pueden disponer modificaciones unilaterales que afecten la prestación y remarcó que “no se ha autorizado reducción horaria alguna”.
Más de $10 mil millones transferidos en 2025
Según el detalle oficial, durante el Ejercicio 2025 el Estado Provincial sostuvo financieramente el sistema mediante transferencias mensuales correspondientes al Subsidio Provincial (subsidio a la oferta) y al Boleto Estudiantil Gratuito (subsidio a la demanda), con partidas ejecutadas conforme al presupuesto vigente.
En concepto de Subsidio Provincial al Transporte Público, se transfirieron un total de $7.231.524.688,55 a lo largo del año, distribuidos mensualmente entre enero y diciembre.
Por su parte, en el marco del Boleto Estudiantil Gratuito (BEG) para el Valle Central, el monto total transferido fue de $3.135.085.355,37, correspondiente a los meses de marzo a diciembre.
De esta manera, el total girado al sistema de transporte en 2025 alcanzó los $10.366.610.043,92.
Desde la Secretaría afirmaron que no existen períodos de “tres o cuatro meses” adeudados, como se había manifestado públicamente, y sostuvieron que esas versiones “no se corresponden con la realidad administrativa y presupuestaria”.
Marco legal y advertencia a las empresas
El servicio público de transporte se encuentra regulado por la Ley Provincial N° 4906, que establece su carácter esencial y los principios de continuidad, uniformidad, regularidad, generalidad y obligatoriedad.
El artículo 6° de la norma dispone que el servicio debe satisfacer de manera permanente las necesidades de movilidad de la población, por lo que cualquier modificación en horarios o frecuencias requiere autorización expresa de la Autoridad de Aplicación.
En ese sentido, la Secretaría fue contundente: las empresas concesionarias no pueden disponer reducciones unilaterales que afecten la prestación.
Asimismo, recordó que, ante incumplimientos contractuales o legales, el organismo está facultado —según el artículo 35° de la Ley 4906— a aplicar sanciones que pueden incluir llamado de atención, multas, secuestro de unidades, suspensión, caducidad o inhabilitación. También puede adoptar medidas de urgencia para garantizar la continuidad y regularidad del servicio.
Más allá de la postura oficial, la Secretaría convocó a las empresas a una mesa técnica de trabajo para analizar la estructura de costos y las variables económicas del sistema, en un contexto donde se reconoció una disminución significativa en la demanda.
El análisis, indicaron, se realizará con criterio técnico, transparencia y apego a la normativa vigente, priorizando la sostenibilidad del servicio, el interés general y la protección de los usuarios.
Finalmente, el Gobierno Provincial reafirmó su compromiso con la continuidad del servicio público, la defensa del derecho de los usuarios, la transparencia en la ejecución de los recursos y la responsabilidad institucional en la toma de decisiones.
“La movilidad de los catamarqueños constituye un servicio esencial que debe garantizarse con previsibilidad, responsabilidad y apego a la ley”, concluyeron desde la cartera de Transporte.