viernes, 9 de agosto de 2013
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Los puntos cuestionados por UDA son los siguientes:
* Se debe exigir la presentación de la Personería Gremial que acredite la condición de organización gremial como lo exige la Ley Nacional de Asociaciones Profesionales Nº 23.551 y su decreto reglamentario.
* Las reuniones deben ser presididas por la autoridad laboral, (Subsecretaria de Trabajo) autoridad competente.
* La convocatoria debe decir claramente si en la mesa de conversaciones se trataran las condiciones de trabajo y económicas.