Se destaca que, a partir de la vigencia del mismo, las
solicitudes de cobertura se remiten directamente a la escuela cabecera
departamental, que será la encargada de corroborar la documentación
respaldatoria y proponer en asamblea las vacancias generadas por distintas
razones. Cabe aclarar que, salvo zonas 1 y 2, se continuará remitiendo esta
información a la Dirección de Nivel, que procederá a procesarla para ser
enviada a la escuela cabecera.
Por otro lado, se instruirá a éstas últimas para acordar el
circuito de los espacios que no se cubran en asamblea ordinaria para ser
cubiertos en Cabecera Cero.
Cabe señalar que la fecha de la primera asamblea se
confirmará oportunamente por lo que se ruega a las direcciones de las escuelas
realizar el trámite correspondiente ante la dependencia pertinente. En tanto,
las creaciones deberán ser solicitadas a la Dirección de Nivel.