jueves, 2 de marzo de 2017
13:38
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Por este motivo, no corresponde el cobro de arancel alguno
por inscripción u otro trámite que se realice en las mismas, encontrándose
vigentes los instrumentos legales emitidos a tal fin oportunamente (Memorándum
SGE Nº 015 de octubre 2013, SGE Nº 01 de febrero 2014 y SGE 1 de 2 de marzo
2017).
Asimismo, se recuerda a los equipos de conducción de los
diferentes establecimientos educativos de la provincia que la normativa vigente
establece las sanciones disciplinarias correspondientes para quienes no cumplan
y/o no hagan cumplir lo que ellas determinan. (Ley Nac. 26.206 - Ley Provincial
5381/13 - Estatuto del Docente 3122- Reglamento de Escuelas Comunes 515).