En Memorando 01/2020 se solicitó tomar como referencia la fecha de 3 de agosto a estos fines. En el mismo instrumento se recomendó tomar en cuenta el periodo de 14 días de cuarentena en caso de aquellos que precisan retornar a la jurisdicción provenientes de otras jurisdicciones.
En la presente fase de distanciamiento social el plantel docente auxiliar de maestranza debe estar disponible para la agenda de trabajo de las conducciones escolares y los programas de Política Social Educativa, lo que incluye reuniones presenciales en el ámbito escolar respetando los protocolos de prevención.
El personal que no tenga justificado mediante licencia, certificación de riesgo sanitario expedido por Medicina Laboral o responsable a cargo en los términos de la legislación vigente deberá presentarse las veces que así lo requiera la conducción escolar a la Dirección de Política Social Educativa.
En todos los casos, salvo licencia autorizada correspondientemente, los planteles docentes continuarán con las actividades a través de internet y los medios digitales.
En los casos de personal con menor a cargo, se debe completar declaración jurada V y presentarla ante la Dirección, en oficina de la Secretaría de Educación, Cultura y Deportes.