miércoles, 22 de diciembre de 2010
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El decreto abarca a todos los agentes de la Administración Pública en todos sus ámbitos. Quedan exceptuadas del receso, la Administración de Rentas y Administración General de Catastro, donde sus titulares podrán disponer la suspensión de las licencias mientras duren las tareas que resulten impostergables.
Las áreas de Seguridad, Defensa Civil, Salud y demás servicios públicos esenciales o impostergables para los cuales debe preverse la atención necesaria, se atenderá mediante un plan de guardia.
En tanto que los becados y beneficiarios de planes provinciales de empleo también dispondrán del receso anual de un mes a partir del 3 de enero.