sábado, 11 de septiembre de 2010
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Se pondrá especial énfasis en la observancia de las disposiciones de la Ley Nacional de Tránsito Nº24.449. Asimismo, queda prohibido el transporte de bebidas alcohólicas en los vehículos particulares, solo podrán hacerlo aquellos rodados autorizados para el trasporte.
También se recomienda el uso de cinturón de seguridad en automóviles y del casco protector para el caso de motocicletas, como así también llevar la documentación del rodado como la de sus ocupantes.