martes, 11 de enero de 2011
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Asimismo, la difusión de publicidad que se realice por medios auditivos a través de propaladores con altavoces con difusión al exterior, sólo podrá hacerse en horarios de 9 a 12 y de 18 a 21 horas de lunes a sábados.
Tal disposición obedece a que, durante la presente temporada estival, la proliferación de eventos exige la profusa difusión por diversos medios, la que a veces se superpone, generando un ambiente muy ruidoso, en el marco de la legalidad, pero ruidoso al fin.