Sancionan a Aguas del Valle por falta de agua en FME

El Ente Regulador de Servicios Públicos y Otras Concesiones (En.Re.) ordenó a la empresa Aguas de Catamarca S.A.P.E.M. resarcir a los usuarios del departamento Fray Mamerto Esquiú a través de una compensación específica por indisponibilidad reiterada del servicio.
viernes, 1 de abril de 2011 00:00
viernes, 1 de abril de 2011 00:00

De acuerdo a la disposición del organismo gubernamental, en su artículo primero, Aguas de Catamarca S.A.P.E.M. deberá aplicar una bonificación en la próxima facturación, proporcional a la falta de servicio sufrido, a los usuarios de los siguientes sectores: La Carrera, Jacobo Saragusti, Marco Andrada, San Antonio, La Falda, Piedra Blanca, La Tercena, Juan XXIII, Sierra Brava, El Hueco, Señora de los Milagros, Barrio 50 viviendas Lic 29/97 Polcos, Barrio 30 viviendas Lic. 19/97 La Carrera, Falda de los Maza, barrio 24 Viviendas Virgen de las Mercedes; Las Pirquitas, Pomacillo Este y Pomancilo Oeste.

El artículo segundo dispone que “el importe a bonificar por compensación  a aquellos usuarios a los que el Estado Provincial les subsidia el importe de la factura de los servicios que presta Aguas de Catamarca S.A.P.E.M., deberá ponerse a disposición del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, en la forma en que éste lo indique”.

En el apartado tercero se dispone que “Aguas de Catamarca S.A.P.E.M. deberá informar al En.Re. el listado de los usuarios con compensación, con el detalle de los importes neto facturado y de bonificación a cada usuario, dentro del plazo de 10 días contados desde la emisión de la factura con bonificación”.

Por último, se establece que “en la factura bonificada, deberá imprimirse la leyenda \"Compensación por indisponibilidad del servicio febrero – marzo 2011 Disposición EN.RE.- GSS N°05/11\" seguida del importe bonificado”.

Desde el Organismo se aclaró que si bien la sanción dispuesta no representa la solución definitiva a la prestación deficiente del servicio, la misma tiende a resarcir a los usuarios por el daño sufrido y a que la empresa distribuidora corrija su conducta.

Formulación de cargos

Además de la sanción de compensar a los usuarios, el En.Re. dispuso una formulación de cargos a la empresa Aguas de Catamarca S.A.P.E.M. por no cumplir con el Contrato de Concesión, que obliga a la distribuidora a prestar el servicio de agua potable en forma continua.

Entre los argumentos utilizados por el En.Re. para aplicar la sanción, figura un extenso informe elaborado por la Dirección de Control de Calidad desde que comenzó el inconveniente, aproximadamente hace más de un mes, en el que se señala que “la alta turbiedad aludida como causa por la prestadora como motivo de los cortes, no justifica la deficiencia del servicio en ese Departamento y sugiere que se evalúe la aplicación de medidas punitivas”.

El informe precisa que “no existen antecedentes, al menos desde la concesión de los servicios, de una situación similar que viene ocurriendo diariamente desde hace más de un mes”.  Y agrega que “la sola exposición de los motivos (turbiedad en el agua) no justifica los cortes, sino que el operador debe intervenir y realizar todas las acciones necesarias, de acuerdo a la magnitud del suceso”. “Se observa además que no resulta admisible que esta situación se extienda en el tiempo sin que la empresa prestadora acredite haber agotado todas la vías técnico-operativas para superar la misma”, señala.

En otro párrafo, deja constancia que Aguas de Catamarca S.A.P.E.M. “no ha demostrado que la situación configure una emergencia operativa ni ha informado el plan aplicado en este supuesto; como así también el En.Re, “no ha recibido otra información por parte de la prestadora en la que se acredite que la situación se encuadra en la figura de fuerza mayor”.

Por último, el Ente Regulador intimó a la operadora a que realice todas las acciones que sean necesarias, afectando a todo el personal técnico competente que requiera la situación para así regularizar el suministro de agua potable en el departamento Fray Mamerto Esquiú y evitar futuros inconvenientes.

De quedar firme esta sanción, y una vez agotadas las instancias administrativas correspondientes, el monto de la multa será distribuido entre los usuarios afectados del departamento Fray M. Esquiú, independientemente de la compensación ya dispuesta.

Comentarios