Una vez realizada la práctica quirúrgica se solicitara al propietario del can la medicación para su tratamiento posterior.
Con el propósito de evitar la proliferación de perros callejeros, se vienen llevando a cabo hasta 3 prácticas diarias y es de preferencia realizar en hembras mayores a 5 meses de edad, como también en machos dominantes y animales agresivos.
Registro de animales peligrosos
Por otro lado también se informa que se continúa con la inscripción en el registro de animales peligrosos, de acuerdo a la ordenanza vigente N° 4267/09 y que la misma es de carácter obligatorio.
Dicha ordenanza esta en vigencia desde el año 2009 la cual regula la tenencia de aquellos perros que por su contextura física y temperamento puedan resultar “potencialmente peligrosos” hacia la seguridad de personas, bienes y otros animales. Específicamente, la propuesta se denomina “Régimen de tenencia de perros potencialmente peligrosos”.
Se especifica que los perros denominados “potencialmente peligrosos” pertenecen a las siguientes razas: Pitbull Terrier, Dogo Argentino, Akita Inu, Fila Brasilero, Mastín, American Staffordshire, Staffordshire Bull Terrier, Doberman, Dogo de Burdeos, Bullmastiff, Mastín Napolitano, Bull Terrier, Presa Canario, Rottweiler y Tosa Japonés. La norma también incluye a aquellos perros que “pertenecieran a razas consideradas peligrosas en el resto del mundo que aún no hubieren ingresado al país”; y a otros que “pertenecieran a cruzas entre las razas nombradas anteriormente”.
También, a aquellos que “sin pertenecer a dichas razas por su carácter agresivo, potencia de la mandíbula o musculatura pudieren causar la muerte o lesiones graves a las personas u otros animales”; y que “sin pertenecer a las tipologías antes descriptas, hayan sido adiestrados para el ataque y defensa por sus dueños o por terceros, con exclusión de los animales empleados por organismos de seguridad nacionales, provinciales y/o municipales”.
Por denuncias por mordeduras o ataques llamar al 437436 en el horario de 7 a 13 hs.