lunes, 29 de octubre de 2012
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Asimismo, recuerda que los comercios que cobren un precio diferenciado serán sancionados con el art. 4º de la Ley Nacional 24240 de defensa del Consumidor, el que establece: “El proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo los relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización”.
“Señor consumidor ¡no pague de más!, busque los comercios que cobren el precio justo”. Bajo esta advertencia la Dirección de Comerio insta al público consumidor de telefonía celular a hacer respetar sus derecho como tales.