La Subdirección de Inspección General informa que está prohibido el lavado de vehículos en la vía pública, como también el lavado de veredas en horarios no establecidos por el municipio tal lo establece la ordenanza 4682/09.
La ordenanza en su ARTÍCULO 5°.- Establece el siguiente horario para el lavado de veredas:
Periodo Primavera – Verano (21/09 al 21/03) exclusivamente días martes y jueves en horarios de 00:00 a 7:30 hs; 14 a 16 hs y de 22 a 24 hs.
Periodo Otoño – Invierno (21/03 al 21/09) exclusivamente días lunes, miércoles y viernes en horarios de 00:00 a 7:30 hs.; 14. a 16 hs. y de 22 a 24 hs.
Así también queda prohibido el uso de mangueras para el lavado de veredas y regados de espacios públicos y privados en todo el ámbito del ejido municipal.
El director de Policía Municipal, Dr. Guillermo Matterson, explicó que ante la necesidad de cuidar el recurso, de carácter vital, y que el suministro de agua potable no se vea afectado en algunos barrios por el uso irracional de otros vecinos, se solicita a la población en general que colabore con el control del uso indiscriminado de agua y ante la presencia de algún hecho de estas características lo denuncie con el objeto de que se pueda elaborar la correspondiente infracción.
“El municipio comenzará a intensificar el cumplimiento de las ordenanzas vigentes”, indicó el funcionario. Entre otras acciones, está prohibido regar las veredas o lavar automóviles en la vía pública.
\"Por tal motivo, se están realizando controles en los distintos puntos de la ciudad y se multarán a aquellos vecinos que no cumplan con lo establecido. Sabemos que en esta época del año y durante el verano se consume mucha cantidad de agua y por eso es que estamos tratando de concientizar a todos para que la ciudad puedan tener una correcta presión de agua\", agregó el funcionario.
Se informa a los vecinos que está prohibido:
• Lavar veredas, regar veredas, lavado de frentes con hidrolavadoras, etc. (Arrojar agua a la vía pública y derroche de agua).
• Salida de agua desde el interior de viviendas y todo tipo de edificios (Arrojar agua la vía pública), a excepción del agua producto de lluvias objeto de las bocas de desagüe existentes.
• Lavar vehículos en la vía pública.