Medidas para erradicar la caza de Especies protegidas de Catamarca

Desde la Dirección Provincial de Biodiversidad, perteneciente a la Secretaría de Estado del Ambiente y Desarrollo Sustentable de Catamarca, informaron las especies nativas que no están habilitadas para su caza con fines comerciales en todo el ámbito de la provincia.
jueves, 16 de febrero de 2012 00:00
jueves, 16 de febrero de 2012 00:00

Ellas son: Tortuga Terrestre Común; Ampalagua; Iguana Colorada; Quirquincho Chico o Llorón; Quirquincho Grande o Ancho; Quirquincho Bola o Mataco; Suri o Choique Cordillerano; Cardenal Amarillo; Loro Hablador; Loro Alisero, Cotorra Argentina o Cata; Chalchalero o Zorzal Colorado; Mirlo o Chiguanco o Zorzal Negro; Zorzal Plomizo o Mirlo Azul; Zorzal Blanco, Mirlo o Chalchalero; Cardenal Común; Reinamora; Tiapicho o Pepitero Gris; Rey del Bosque; Jilguero Dorado; Misto; Cabecitanegra.

Dado que la mayoría de estas especies son protegidas, se encuentra totalmente prohibida su venta, siendo la misma ilegal.

Asimismo se recuerda que está en actividad la Ley Nacional N° 22421 de Conservación de Fauna Silvestre cuyos delitos y penas se hallan vigentes en la Provincia.
Delitos y penas.

1-    Las penas por este tipo de actividad ilegal rondan entre un mes y 2 años de prisión como asi también la inhabilitación del permiso/carnet durante 5 años, ya sea el delito de caza sin autorización, por cazar animales protegidos o por cazar animales utilizando armas, trampas o medios prohibidos.
 
Las penas serán aplicadas también al que transporte, almacene, compre, venda, industrialice o ponga en el comercio piezas, productos o subproductos provenientes de la caza furtiva o de la depredación.

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